FOGASA 40%

Si el trabajador impugna el despido por causas económicas (objetivo), ¿puede solicitar el 40% al FOGASA o debe esperar a Resolución judicial firme para ello si finalmente no se estima su pretensión de improcedencia? Qué plazo se abriría? Un año?

Saludos.
 

LABOR

Miembro activo
Si quiere cobrar del fogasa debe justificar que no va a demandar contra el despido.
Incluso en la pág Web del Fogasa tienen un doc.al efecto ; Normativa- prestaciones- modelo tipo de declaración Jurada.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, el año comienza a contar desde que pudisfe, efectivamente, reclamarlo. Es decir, cuando te entregaron la carta de despido objetivo.
 
Entonces se reclama a la empresa? Por que en caso contrario estaría limitándose el derecho a solicitar respuesta de los órganos judiciales respecto a una controversia.

Saludos.
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola,

Ahora mismo me pillais fuera de juego, pero si tu reclamas no puedes solicitarlo al FOGASA por lo tanto has de esperar a sentencia firme, y yo creo que cuando tienes en tu poder el titulo habilitante para solicitarlo entonces a partir de ahí tienes el año, Fernando.

Salvador, llama la FOGASA yo ahora mismo no  tengo tiempo de mirartelo.

Saludos.
 

Raquel GR

Miembro activo
4 -.DESPIDO OBJETIVO.- INDEMNIZACIÓN 40 %

Solicitud presentada por la empresa

1. Comunicación escrita de la empresa dirigida al trabajador expresando la causa del despido (carta de despido).

2. Documento acreditativo de que el trabajador, efectivamente, ha percibido la indemnización legal prevista el Estatuto de los Trabajadores.

3. Documento acreditativo del salario percibido por el trabajador en los tres meses anteriores al despido: nóminas con la firma de la empresa y del trabajador.

4. Documentos de cotización a la Seguridad Social (TC-1 y TC-2) de los tres últimos meses trabajados.

5. Fotocopia del N.I.F. del empresario, si se trata de persona individual. Si el empresario es una entidad jurídica, se acompañará: C.I.F. de la empresa y escrituras de constitución de la sociedad.

6. Si el despido hubiera sido declarado objetivo en Acta de Conciliación o Sentencia judicial, se acompañará copia testimoniada de la misma.

En la cumplimentación del modelo de solicitud se tendrá en cuenta que en "datos del solicitante" deberá consignarse los datos relativos al trabajador y en "datos del representante" deberá consignarse los datos del representante de la empresa que firma la solicitud.

Solicitud presentada por el trabajador

1. Declaración jurada firmada por el/los trabajador/es en las que conste que no se ha reclamado contra la causa del despido.

2. El resto de la exigida para el supuesto en que el solicitante es la empresa excepto la relativa a la percepción de la indemnización y al CIF / NIF de la empresa.

TODA LA DOCUMENTACIÓN, SE RECUERDA, DEBERÁ SER PRESENTADA POR DUPLICADO

Plazo de solicitud

Un año contado desde la fecha del acto de conciliación, sentencia, resolución de la autoridad laboral o resolución judicial complementaria.
Dicho plazo se interrumpirá por el ejercicio de las acciones ejecutivas o de reconocimiento de los créditos en el procedimiento concursal, así como por las demás formas admitidas en derecho.

 
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