fogasa

jcg73

Miembro activo
Empresa de menos de 25 trabajadores, que despide por ineptitud sobrevenida (52.a ET) a un trabajador, entiendo que puede solicitar (el trabajador) al fogasa los 8 días si no impugna el despido. Verdad?
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Si, entran todos los despidos del Art. 52, tal y como pone literalmente, lo confirmé además con el fogasa...
 

CrisFM

Miembro
Efectivamente. Antes de la crisis y antes de las reforma laboral, y antes de los recortes y antes de los dolores, solo se refería a los despidos por caiusas económicas, a la letra c) del art.

Después de la crisis, la reforma, los recortes y los dolores, y sin que nadie lo pidiera ni fuera un tema de especial discusión, se amplió esta SUBVENCION con fondos públicos a todos los despidos del art. 52, incluida la infame ampliación de los casos de absentismo por enfermedad.

Besis
 
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