Efectivamente, si es una formación a cargo de la Empresa relacionada con la actividad realizada por el trabajador o su carrera profesional bno tiene por que cotizar (solo falataría!!).
Respecto a las otras cuestiones, lo ya dicho, si es un curso obligatorio, debería ser dentro de la jornada laboral y si queda fuera, aunque sea en parte, sería legítimo reclamar la compensación de ese tiempo), si es facultativo y todo o una parte del mismo queda fuera, ya será cuestión que el trabajador pondere si le interesa asistir.
Saludos