Funcionarios chapucillas: ¿hay alguno bueno? Mis experiencias con ellos....

FERNANDO

Miembro conocido
Asesoría con la que colaboro externamente.

Una señora, resulta que tiene la edad para jubilarse y quiere dejar en su negocio (un bar) a su hijo al frente del negocio, pero continuando ella como titular. Entonces, el hijo se da de alta en RETA como autónomo colaborador y ella, de acuerdo a mi consejo, va a la gestoría para que le tramiten la baja en RETA y la jubilación.

Bien, el señor de la gestoría, de acuerdo a mi consejo (él no es laboralista) va a la TGSS a dar de baja a la señora. Pero, el funcionario, mondo y lirondo, le dice; nooooooo, ella no puede jubilarse si sigue siendo titular del negociooooo. El señor de la gestoría, entonces, va al INSS. Y pregunta lo mismo. En el INSS....... noooooooooooooo, si sigue como titular del negocio la señora, entonces, no se puede jubilaaaarrrrrrr..... Va a hacienda; lo mismo: a ver, señor, le contesta el funcionario todo ancho; ella no puede jubilarse y, a la vez, presentar los impuestos del negocio (???).... No se puede jubilar, pues.


¿No es pa flipar?
 

toni

Miembro conocido
Yo he tenido un caso parecido. Hija titular de un estanco, madre colaboradora. He dado de baja a la hija por irse a estudiar a la universidad y sigue la madre al frente del estanco como colaboradora siendo la titularidad aun de la hija. Tambien tengo un caso como el tuyo de un bar, padre jubilado siendo titular y los hijos al frente. Un escrito y solucionado. Supongo que como en botica, funcionarios habra de todo.

Saludos.
 

IMC

Miembro activo
Pues yo tuve que dar de baja a una autónoma porque se puso a trabajar por cuenta ajena y a su hijo que estaba como colaborador también hubo que tramitarle la baja como tal a la vez pues para la baja RETA hay que presentar la baja del IAE y si ya el titular no tiene actividad, cómo va a haber un colaborador? otra cosa es que arriende o subarriende el negocio y el colaborador pase a ser titular.
 

toni

Miembro conocido
Pues como te digo, la hija baja de autonomo sin baja IAE, escrito y la madre sigue como colaboradora, estoy intentando subir el escrito pero me dice que es demasiado grande. Si consigo hacerlo mas pequeño lo subo y veras como si que se puede sin dar de baja el IAE ni arrendar nada de nada.
 

toni

Miembro conocido
No se como reducir el pdf, pero bueno, basicamente lo que pongo en el escrito es que por el motivo X no puede estar al frente del negocio ni hacerse cargo de la actividad, por lo que pasara a ejercela la madre que esta de colaboradora. Adjunte los dnis, libro de familia, la baja de la hija y escrito y me lo aceptaron si dar de baja la actividad a nombre de la hija.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Es que es lo que dice la ley; una persona puede ser titular de un negocio, sin trabajar, y no por ello estar de alta en seguridad social. El que lleva el negocio, estará en el régimen de SS que pertoque. En este caso, si el hijo convive con la madre, aún y no siendo colaborador va al RETA, pues no existe ajenidad ni dependencia en la relación entre las partes. Pero, claro, a un funcionario, ya sa sane, le cambias un poco el chip y ya no se entera.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
UNA PREGUNTA FERNANDO:


ESO NO ES LO QUE SE LLAMA AUTONOMO REGENTE??

YO HE TENIDO CASOS ASÍ Y LO HE SOLUCIONADO DANDO DE ALTA A LA MUJER O HIJOS EN EL RETA Y NUNCA TUVE PROBLEMAS.AHORA BIEN, NO COMO COLABORADORES , SI NO COMO AUTONOMO Y REDACTANDO UN ESCRITO INDICANDO LA FECHA DE JUBILACION DEL SEÑOR E INDICANDO QUE LA SEÑORA IBA A EJERCER COMO AUTONOMA REGENTE.

GEMMA

GEMMA
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exacto: no es autónomo colaborador, pues el titular no ejerce. Es regente, como tú dices. Pero autónomo, al no haber dependencia ni ajenidad como antes dije.
 

jcg73

Miembro activo
Pues Fernando te tocara ir a tgss a pelearte con el funcionario de turno, yo me imagino en mi admon hablandoles de autonomos regentes y creo q me dan las 25 y sin tener la resolucion
 

leguleyo

Nuevo miembro
Yo en estos casos pregunto directamente por el Jefe de Área o Director de Oficina... Aunque si es como el de Sant Martí en Barcelona es peor aún...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Imaigno que, si les mento lo de regente, son capaces de contestarme: ¡¡¡ de eso, nada !!!, ¿que, aquí, somos republicanos!!!
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Imaigno que, si les mento lo de regente, son capaces de contestarme: ¡¡¡ de eso, nada !!!, ¿que, aquí, somos republicanos!!!

Yo tengo un caso extremadamente similar al tuyo, persona física que se jubila, etc, empresa de transporte, en este caso se solventó con una persona contratada dos horas a la semana con poderes para llevar el negocio. El hombre se jubiló, y la empresa sigue llevando su nombre y su nif.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenos dias:

BSK también se puede hacer así, pero la persona de régimen general contratada debe tener al menos grupo profesional 3( eso es lo q me dijeron en mi admon)

No se porque te están poniendo problemas con eso, pero ya me lo creo todo!!!



 
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