Buenas, os comento por si alguno me puede ayudar.
Cliente enfermo terminal, un mes antes de morirse traspasa su local a un trabajador por 40.000€ a PAGAR en varios años. (noviembre 2024) . En diciembre 2024 se muere.
El derecho a ese traspaso se lo queda su hija en la herencia.
Ahora al hacer la declaración de mi cliente, ¿tengo que poner en ganancia patrimonial los 40.000€ o los reparto según como acordó con su cliente a pagar en varios años aunque ya no haga mas declaraciones de la renta de mi cliente? o en el 2025 esa parte que recibe del traspaso la hija, la tiene que poner ella como ganancia patrimonial aunque haya declarado en su impuesto de sucesiones esos 40.000€ del derecho de traspaso?
Gracias.
Cliente enfermo terminal, un mes antes de morirse traspasa su local a un trabajador por 40.000€ a PAGAR en varios años. (noviembre 2024) . En diciembre 2024 se muere.
El derecho a ese traspaso se lo queda su hija en la herencia.
Ahora al hacer la declaración de mi cliente, ¿tengo que poner en ganancia patrimonial los 40.000€ o los reparto según como acordó con su cliente a pagar en varios años aunque ya no haga mas declaraciones de la renta de mi cliente? o en el 2025 esa parte que recibe del traspaso la hija, la tiene que poner ella como ganancia patrimonial aunque haya declarado en su impuesto de sucesiones esos 40.000€ del derecho de traspaso?
Gracias.