GASTO SEG SOCIAL TRABADOR AUTÓNOMO

CHARO

Miembro conocido
Una preguntita. Primero aclarar que no tengo mucha idea del tema rentas, pero... tengo un cliente autónomos que estuvo todo el año 2021 de baja de hecho lleva desde septiembre de 2020. A partir de los 60 días de baja la Mutua se hace cargo del pago del autónomo. Ahora al hacer la renta en el certificado de retenciones de la Mutua salen 7560 euros de rendimiento en especie, que entiendo es el importe abonado por cuota de autónomos del cliente. Pero mi pregunta es, podemos poner ese importe como gasto de seguridad social? Es que en los datos fiscales en gastos seg social le sale vacía.
 

marcox

Miembro
Buenos dias Charo, eso mismo me paso con una renta antigua....en el informe de bases y cuotas ingresadas y en sus datos fiscales salian los RETAS pagados, (aunque los pagó la Mutua ya que estaba de IT) yo los metí...pero me quedé con la dudilla...Es una buena pregunta
 

CHARO

Miembro conocido
Buenos dias Charo, eso mismo me paso con una renta antigua....en el informe de bases y cuotas ingresadas y en sus datos fiscales salian los RETAS pagados, (aunque los pagó la Mutua ya que estaba de IT) yo los metí...pero me quedé con la dudilla...Es una buena pregunta
Es que lo que más me mosquea es qué en los datos fiscales el gasto de Seg.Social está a cero.... y eso no me gusta na de na....
 

AnaZ

Miembro activo
Es que lo que más me mosquea es qué en los datos fiscales el gasto de Seg.Social está a cero.... y eso no me gusta na de na....
Hola Charo,

en mi caso el autonomo ha cobrado unos 11.000 pavos de la mutua, y a partir del 60 dia de baja le han cotizado el autonomo
Pero en esta mutua no nos han puesto nada de percepcion en especie.
Yo me he ceñido a poner el rendimiento de la mutua de esos 11.000 y la cotización que efectivamente ha realizado el trabajador en 2021. De hecho cuando sacas el informe de bases y cuotas te pone lo que realmente ha pagado el autonomo y eso es lo que he anotado. Los meses que ha pagado la mutua estan en blanco o la proporción en su caso, y creo que ais lo advierte en el informe la propia tgss.
La cotizacion de reta pasados los 60 dias entiendo que es una exención y tampoco la mutua debe ponerlo como especie...no se al leer tu post me he quedado muerta (por lo de la percepcion en especie que dices que ha pagado la mutua)...
Y supongo que si en los datos fiscales está a cero es porque no habrá cotizado en todo el año al haber coincidido el mismo con un periodo de baja posterior a esos 60 dias..digo yo
 

SHGOROEL

Miembro conocido
La información fiscal de las cotizaciones es errónea, no os fieis... Consultado por Red la seguridad social pone un * diciendo que este ingreso es parcial o no está porque puede asumirlo la mutua. Alguna mutua ha rectificado con fecha de este año prestaciones del año 2020 que no pusieron como rendimiento en especie las cuotas de autónomos y ha mandado certificados advirtiendo de su fallo.... Por lo que veo siguen en las mismas. A partir del día 60 la mutua asume la cotización por lo que es retribución en especie. Si no lo han declarado en el 190 tenéis la opción de hacerlo tal cual lo pone la mutua en la información fiscal y si luego se dan cuenta ya haréis la complementaria, lo tendréis que ir valorando según el caso... Esto es un rollo patatero!
 

AnaZ

Miembro activo
La información fiscal de las cotizaciones es errónea, no os fieis... Consultado por Red la seguridad social pone un * diciendo que este ingreso es parcial o no está porque puede asumirlo la mutua. Alguna mutua ha rectificado con fecha de este año prestaciones del año 2020 que no pusieron como rendimiento en especie las cuotas de autónomos y ha mandado certificados advirtiendo de su fallo.... Por lo que veo siguen en las mismas. A partir del día 60 la mutua asume la cotización por lo que es retribución en especie. Si no lo han declarado en el 190 tenéis la opción de hacerlo tal cual lo pone la mutua en la información fiscal y si luego se dan cuenta ya haréis la complementaria, lo tendréis que ir valorando según el caso... Esto es un rollo patatero!
Pues yo tenia el certificado de la mutua y tal cual lo he puesto para 2021
Si luego ellos lo rectifican pues, ya veremos.
Lo que no entiendo es que dice que el autonomo está exento "exento" de pagar, por tanto ni especie ni nada, es como cuando los autonomos cobraban la prestacion de cese, no? que tb estaban exentos...
De todas maneras si lo ponen como percepcion en especie pues lo pongo tb en gastos deducibles y xim pum...
si que es todo un rollo patatero del copon!
 

SHGOROEL

Miembro conocido

Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1606-21 de 27 de Mayo de 2021​

En ella pone que en caso de it en el rendimiento de trabajo se suma las cotizaciones (aunque no pone nada de especie yo creo que se entiende que será en ese concepto) y luego se resta como gasto.
Sin embargo en las prestaciones por cese ni se pone ni se quita.

(Paso el enlace de Iberley https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1606-21-27-05-2021-1536049 )
 
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