GRAN INVALIDEZ

jcg73

Miembro activo
Cuando yo estudiaba la cuantía de esta pensión era del 150% de la b.r. o bien el 100% más ayuda asistencial. Ahora veo que la cuantía sería la misma que para la i.p.absoluta más lo siguiente:

"Importe del complemento:
Será el resultado de sumar el 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General en el momento del hecho causante, cualquiera que sea el régimen en el que se reconozca la pensión, y el 30% de la última base de cotización del trabajador correspondiente a la contingencia de la que derive la situación de incapacidad permanente.

En ningún caso, este complemento podrá tener un importe inferior al 45% de la pensión percibida -sin el complemento- por el trabajador"


Lo entiendo bien, a la pensión hay que añadirle, 753 (base mínima 2012) * 0,45= 338,85 más el 30% de la última base de cotización, que en mi caso son 313, total me sale una pensión de casi el doble de la absoluta cuando antes era el 50% más.

Lo he entendido bien ???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende; si la base es alta, será menos que el 150% de antes pero, si la misma es baja, pues será más.
 

jcg73

Miembro activo
En el caso de mi cliente, la pensión absoluta es de 698 euros y quiero pedirle la gran invalidez. Si se la conceden cobrará el 30% más de su última base, más los 300 y pico del 45% de la base mínima. Es así no?
 
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