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SE PODRIA OBLIGAR A UNA TRABAJADORA QUE ESTA DISFRUTANDO DE LA GUARDA LEGAL A PERNOCTAR EN LOCALIDAD DISTINTA DE SU RESIDENCIA POR RAZONES PUNTUALES DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA PARA UN SERVISIO DETERMINADO?
Pues nada se dice en cuanto a eso, pero entiendo que no, va claramente en contra de lo que busca la guarda legal... reduce jornada para estar con su hijo/a y tu la mandas a calatayud....
fernando tal y como esta la guarda legal, tu se lo puedes notificar pero ella a continuacion te dice que no puede por eso. por guarda legal y eso es sagrado. Yo creo que no tiene esa empresa ninguna posibilidad por mucho que necesite el servicio de esa señorita en otro municipio .
ME reitero Raquel, puede ser que el juez, en la compensación por gastos de desplazamiento, tuviera en cuenta al niño a cargo, pero, la movilidad geográfica no está prohibida en casos de guarda legal.
No, no está prohibida, pero es un contrasentido Fernando, no se trata de compensar gastos por no poder estar con su hijo/a, se trata de reducir jornada para estar TU con el.
No tiene que ver mucho con el tema , pero he visto en otra consulta que la trabajadora SI puede pedir la guardia legal y utilizar ese tiempo para trabajar en otra empresa (eso sí es compatible con la guarda legal) y ahora la empresa no le puede pedir que pernocte de vez en cuando por cuestiones de trabajo . VAYA CONTRADICCIÓN MAS GRANDE E INJUSTICIA PARA LA EMPRESA.
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