Hola, una preguntilla que me surge

TOMAS

Nuevo miembro
Si una empresa inicia su actividad, los contratos iniciales pueden ser temporales aduciendo el que no se sabe como funcionara este, aunque tengan vocacion de indefinidos??  O directamente tienen que hacerse indefinidos al ser puestos de trabajo fijos en la empresa. Gracias.
 

BSK

Miembro activo
Hombre, siendo cierto lo que dice Fernando, también es verdad que, si tenemos en cuenta que en una empresa pequeña puede estar realizando la actividad un trabajador autómonomo solamente, y que en un citado momento (pasado un mes, dos meses desde el inicio...) el volumen de actividad, pedidos, etc..supera los efectivos que tiene la empresa en ese momento (es decir, el autónomo), ¿por qué no va a poder celebrarse un contrato eventual por circunstancias de la producción, etc..aunque a la larga se transforme en indefinido?. No se si habrá gente que opine lo contrario, pero yo he pasado inspecciones con empresas de un trabajador con contrato eventual y no ha habido problema alguno.
 

BSK

Miembro activo
BSK dijo:
Hombre, siendo cierto lo que dice Fernando, también es verdad que, si tenemos en cuenta que en una empresa pequeña puede estar realizando la actividad un trabajador autómonomo solamente, y que en un citado momento (pasado un mes, dos meses desde el inicio...) el volumen de actividad, pedidos, etc..supera los efectivos que tiene la empresa en ese momento (es decir, el autónomo), ¿por qué no va a poder celebrarse un contrato eventual por circunstancias de la producción, etc..aunque a la larga se transforme en indefinido?. No se si habrá gente que opine lo contrario, pero yo he pasado inspecciones con empresas de un trabajador con contrato eventual y no ha habido problema alguno.

Otra cosa es que en el eventual se ponga que como causa es que no se sabe como funcionará la actividad en cuyo caso estoy con Fernando, eso no se puede hacer.
 

TOMAS

Nuevo miembro
Gracias por vuestras opiniones. Entonces siguiendo la ley a "rajatabla" habria que hacerlos indefinidos por que son puestos necesarios. Pero se podria entender correcto hacerlos en principio eventuales por acumulacion de tareas con vocacion de hacerlos indefinidos si se confirma por el volumen de trabajo que estos puestos son necesarios.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Son contratos indefinidos, pues no hay referentes anteriores para considerarlos incremento de tareas.
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Son contratos indefinidos, pues no hay referentes anteriores para considerarlos incremento de tareas.

Si creo la empresa en Navidad, no necesito una referencia anterior para saber que voy a tener un exceso de pedidos o un incremento de tareas que, yo como autónomo creador de la empresa, sólo no voy a poder acometer. El referente es el propio trabajador autónomo que crea la sociedad, si el no puede con los pedidos, por lógica tiene que contratar temporalmente a trabajadores por cuenta ajena que saquen el trabajo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No acabo de estar de acuerdo; ¿cómo probar, ante el juez, que es en Navidad cuando más se trabaja, si no tengo facturación anterior?
 

Natalia

Nuevo miembro
Estoy de acuerdo que cojiendo la ley a "rajatabla" deberian ser indefinidos, pero yo he tenido varios casos en que la inspeccion lo pasa por alto, porque entiende que el empresario no sabe realmente como le va a funcionar la actividad, de hecho yo creo que los inspectores "pasan" de ver los contratos. A mi ultimamente por lo menos ni me los miran, solo se preocupan de que se cotice correctamente.
 

Raquel GR

Miembro activo
Dependerá del caso...

Por ejemplo, un autónomo que se va a dedicar a montar persianas (por poner algo) se da de alta y le ofrecen de una obra de una comunidad de vecinos de 1000, que ponga las persianas, pues yo en este caso considero que si que estarían justificados los contratos temporales, no va a contratar a 50 personas indefinidamente, para que cuando se acabe la obra, le salga una persiana aquí  y otra alli, que el solo se sobra. Depende del caso y del como se especifique el objeto del contrato.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, pero aquí hablaríamos de obra y servicio determinado, fundamentado en una contrata, lo que sería perfectamente legal.
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Sí, pero aquí hablaríamos de obra y servicio determinado, fundamentado en una contrata, lo que sería perfectamente legal.
Pues sí das por bueno este ejemplo y siguiendo con las persianas, sí yo trabajo con tres marcas de persianas y al mes del inicio de la actividad una marca lanza una promoción o simplemente comienzan a venderse más que en el primer mes, no puede ser que tenga que hacer un indefinido por narices, lo haría eventual, ahora bien, si pasado un año
seguimos el mismo ritmo pues habrá que transformar en indefinido. En mi opinión si se sigue el criterio que tu expones, que reconozco que tiene "cierta lógica" en este país nadie crearía una empresa porque si tienes que iniciar de entrada con dos otra tres indefinidos, pues apaga y vamonos, eso no lo hace nadie, y el porcentaje de trabajadores que pueden entrad por ahí es irrisorio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya, pero, como ya se ha dicho, para algo se eliminó hace años el contrato temporal por "lanzamiento de nueva actividad", ¿no?. Creo que eran supuestos como estos para los que estaba pensado ese tipo de contrato.

Otra cosa es que ante el inicio de una nueva actividad se hagan contratos temporales (utilizando otras modalidades, ya que esa queda claro que no existe) y normalmente cuele. Pero ante una posible reclamación del trabajador, por ej. en el caso de querer extinguir el contrato por llegar éste a su término, posiblemente éste tendría argumentos para defender el caracter indifinido de la relacion laboral.

Un saludo
 
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