Hora extra en horario nocturno

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Convenio de oficinas y despachos de Cataluña
Fórmulas para abonar las horas extras y nocturnas (de 22h a 6h)
Hora extra: (salario bruto anual / jornada anual) x 1,5
Hora nocturna: (salario bruto anual/jornada anual) x 0,5

La pregunta sería: ¿qué fórmula se utilizaría para 1 hora extra en horario nocturno?
Gracias
 
N

Nana

Guest
Hola

Yo haría (salario bruto anual/ jornada convenio) x 2

Un saludo
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Ojo con lo que dice el Art. 36 ET:

La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un periodo de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias

Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual.
 

Mr. White

Miembro activo
No todo el que trabaja de noche es trabajador nocturno, somo dice el ET solo son trabajadores nocturnos los que realicen "(i) normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como (ii) a aquel que se prevea que puede realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual".
 
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