horas extras

elchuske

Miembro conocido
es posible presentar un escrito a la autoridad laboral para que apruebe pasarse de las horas extras por ser totalmente necesario dada la actividad de la empresa o estoy preguntando una tonteria . ??
o cambiar las horas extras por periodo de vacaciones ???
 

marianog

Nuevo miembro
Yo pienso que la autoridad laboral no puede autorizarte a algo que esta prohibido por ley. Sería contradictorio.
El límite son 80 horas anuales. Además ahora está muy mal visto lo de las horas extras, precisamente con toda la gente que hay en el paro y que se estaba hablando de instauirar el "modelo alemán". 
¿Porque no haces contratos a tiempo parcial y no tienes necesidad de hacer horas extras?

Y si no las camuflas con otro nombre, llamase plus de yo que se,  je je.  esto es ironía  pura y dura, que conste en acta secretario.
 

Federico

Nuevo miembro
Hola, si las horas extras las compensas en descansos, dichas horas extras dejan de serlo, es decir no computan como tal ya que se han compensado con dias de descanso

Es decir si te pasan del limite de las 80 horas, 48, les das 6 dias de descanso

Un saludo
 

fundación

Miembro conocido
Si las compensas con descanso es una distribución irregular de jornada, de tal forma que no excedan la máxima anual establecida, y con eso puede valer, exceptuando el problema que ten ponga el convenio en cuanto a límites de jornada.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Al hilo de la cuestión, y respecto a evidenciar posibles horas extras en base al computo global de la jornada anual (sobretodo cuando hay distribución irregular), ¿creéis posible compensar excesos respecto a la jornada ordinaria con, por ej, absentismo no remunerado o recuperable (permisos no retribuidos, ausencias por enfermedad sin baja de IT...).

Lo digo en el sentido que alguien pueda reclamar unas posibles horas extras por haber prolongado puntualmente su jornada más allá de la jornada normal cuando, por otro lado, tiene acumulados varias días de absentismo no retribuido (ausencias no retribuidas o recuperables) y respecto a los que aún no has tomado ninguna medida (descuento de salario, recuperación de ese tiempo...) y cuando ese posible exceso de jornada lo calculas en cómputo anual (por lo de la jornada irregular).
 

elchuske

Miembro conocido
es cierto que la formula de jornada irregular podria funcionar pero...  siempre que sea aceptado por los trabajadores y estos no estan por la labor. al fin y al cabo es dinerito que dejan de llevarse. Eso si, cuando estan en el tajo sin hacer nada no se acuerdan que cobraron horas extras, bueno lo de siempre.
otra pega, el convenio dice que esa distribucion irregular tiene que estar concretada antes del 30 de abril. pero la empresa no sabe en abril que pedidos tendra en septiembre, es decir, la pescadilla que se muerde la cola. Lo que si esta claro es que la empresa esta a merced de sus trabajadores y estos no quieren o no son conscientes de lo que se estan jugando . Tal y como esta ahora no es viable con el estrechamiento de margenes comerciales . Es absurdo que para trabajar un fin de semana contrate trabajadores y los suyos fijos de plantilla lleguen el lunes y no tengan trabajo porque para diario no hay nada .
 

Pedro G

Miembro
-  compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido.


En ausencia de pacto, se entiende que deben ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
Esta retribución constituye un concepto salarial independiente y autónomo para remunerar el tiempo trabajado que excede de la jornada ordinaria y no guarda ninguna homogeneidad con las restantes percepciones de los trabajadores
 

elchuske

Miembro conocido
se les ha ofecido cada hora extra compensarla con 15 minutos extras y nada, dicen que las horas extras son voluntarias y no se les saca de ahi .Es cierto que alguno ha aceptado pero otros no pero eso no arregla nada porque se necesita que sean todos ya que forman un equipo y encima el que no acepta es el encargado . Modificacion de las condiciones???? es que el problema se da porque esas condiciones varian continuamente .
Al final. alguien me puede decir si puedo obligar de alguna manera a estos trabajadores a que trabajen los dias festivos compensandoles con tiempo libre entre semana????
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero... ¿cómo computais ese exceso de horas?
¿día a día?
¿en cómputo anual? (en ese caso debes ir con cuidado `por si a final de año evidencias que te has pasado de las 80 h y eso no puede ser

Quiero decir, si marcas una jornada, que además es irregular durante el año, pero un n º determinado de horas al año. Resulta que, por ej. unos dias la hora de salida es a las 7 de la tarde, otros (viernes, verano...) a las 3 de la tarde, pero también haces constar en el propio contrato que es el referente de jornada y horario, pero que, en todo caso (y respetando la jornada máxima anual de convenio) puede adaptarse a diferentes requerinmientos del cliente.
Pongamos en este ejemplo que un día en el que la hora teórica de salida es a las 7 y resulta que salgo a las 8. ¿Ya por eso tengo una hora extra? ¿no puedo hacer ese cómputo considerando un referente temporal más amplio? (por ej. meses, todo el año, pero siempre vigilando que no se supere en ningún momento las 80 horas).

Yo me encuentro con casos de gente que en algún momento ha tenido que prolongar su jornada, pero, por otro lado puede acumular cierto nivel de absentismo no retribuido (permisos justificados pero no retribuidos, ausencias por enfermedad pero sin baja, retrasos, descansos durante la jornada que no se consideran tiempo efectivo de trabajo, etc) y sobre los que puede existir cierta permisividad (pero no hasta el punto de que puedan considerarse una condicion más beneficiosa consolidada) y que el haber salido por ej. una hora más tarde un día concreto les genera la expectativa de que debas compensarle esa hora como hora extras, cuando, por otro lado, puede tener un saldo acumulado de 20 horas de absentismo no remunerado, sobre el que tal vez no te has decidido aún en exigir una recuperación o descontar de salario, pero que, perfectamente podría servir para, al menos en parte, compensar esos sobreesfuerzos que puntualmente pueda requerir su actividad.

Y luego, cuando existe esa prevision en el propio contrato de, más allá del horario definido como estándar, tener que adaptarte a las necesidades del cliente (que no siempre se podran planificar con tiempo) ¿hasta que punto pueden negarse a esos puntuales cambios de horario (alargarlo ligeramente) en base a que son horas extras y como tales, son voluntarias? (es que entonces esa prevision de adaptacion de jornada es papel mojado)

En fin, son problemas con los que me suelo encontrar de vez en cuando y que me gustaria contrastar con vosotros, aprovechando el tema planteado por elchuske.

Saludos
 

Pedro G

Miembro
Respecto de lo que dices, nando, si le has descontado en nómina el retraso o el absentismo, no sé hasta que punto podría ser compensable con horas extras.
 

fundación

Miembro conocido
Podríais firmar un anexo de flexibilidad horaria, de común acuerdo, porque sino veo difícil alegar absentismo cuando se les viene descontando como dice Pedro G.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, no necesariamente se lo he descontado.
En algunos casos lo descuentas, en  otros lo dejas en el aire porque tal vez el trabajador, voluntariamente, prefiere imputar ese tiempo a vacaciones, pero, en muchos casos porque puede tratarse de personas que a lo largo del año pueden realizar ciertos sobreesfuerzos (normalmente tambien de forma voluntaria, pero por exigencias de su propio trabajo) y no me parece justo descontarle un absentismo si luego vana  ver esos sobreesfuerzos sobre los que tampoco siempre te van a reivindicar una compensacion en forma de horas extras (para muchos, hay cosas que "van con el cargo y con el salario". Por ej. si a mi un día se me complica la nómina y es dia de pago, no voy a decir "huy, son las 6, lo siento, ya veremos si podemos pagar mañana", pero tampoco voy a exigir que me paguen horas extras (si lo hiciera tambie podrian,. a su vez, cuestionar sobr la organización de mi trabajo y productividad. Pero, al mismo tiempo, si un dia tengo que salir a media mañana para ir al notario, no consideraré justo que me lo descuenten del salario, pero en mi caso concreto, porque, aún siendo consciente de que no es una ausencia retribuida, al final trabajo por objetivos, y al final los cumplo, aunque eso me pueda requeri en ocasiones ciertos sobresfuerzos a nivel de dedicación. Pero claro, no todos van así).

En definitiva, que dentro de la empresa los concpetos están claros: "esta ausencia es retribuida y esta no", pero a partir de ahí, no se realizan ajustes en nomina sistematicamente y de forma puntual y general a todos los trabajadores, ni siempre se acaba haciendo recuperar hora a hora.
Pero te encuentras casos como el mío (que no pido ninguna compensación económica, porque, en el fondo, yo marco mi nivel de dedicación hasta donde haga falta y tambien me siento compensado por otras vias, pero tambien espero que la empresa sea flexible si en alguna ocasión, y porque no he tenido más remedio, debo tener alguna ausencia legalmente no retribuida) y te encuentras casos de gente que lleva acumulado cierto absentismo no retribuido (a la espera de determinar qué hacer en ese caso) y si un dia salen una hora mas tarde, esperan que les compensen con horas extras (y ya no entro en el tema de "tiempo de trabajo efectivo", la no inclusión, en nuestro caso, de tiempo desayuno y otros descansos espontáneos y habituales como tiempo de trabajo efectivo). Vamos, que si nos ponemos a mirar (pero como no tenemos sistemas automáticos de control horario), muchos no deben cumplir en el dia a dia con el tiempo de trabajo efectivo exigido, además pueden acumular algun absentismo no retribuido (ir al notario, "recomendacion de resposo" ...) y pretenden poner el cronómetro sólo el dia que les interesa, algun dia muy puntual, en el que han acabaso saliendo algo mas tarde (cuando tal vez simplemente no tomandose media hora para desayunar -ahí deberían parar el cronómetro-, que el convenio no contempla, le hubiera permitido salir a su hora y con el trabajo terminado).

Disculpad, creo que más que una pregunta técnica estoy quejandome en voz alta de las limitaciones y abusos de nuestra forma de gestionar este tema, pero ya centrándome en cuestiones concpetuales, reiterio mi propuesta:

¿podemos reducir de las "pretendidas horas extras" (compensar, vaya) ciertos absentismos no retribuidos (o que no el tratamiento equivalente a "tiempo de trabajo efectivo" y que aún no han sido descontados o recuperados?
Y en la medida en que la determnacion de posibles horas extras la hagamos en cónmputo anual lo veo más fácil (porque si ha de ser dia a dia, entonces es cuando el que se va un dia concreto uan hora más tarde tiene la tentacion de exigir se le compense esa hora como hora extra, haciendo abstracccion de su tiempo de trabajo efectivo el resto de jornadas)

Je,je, no estoy muy seguro de haberme explicado, pero se agradecerá cualquier aportacion.

Saludos
 

Pedro G

Miembro
No sé si las horas dedicadas al foro son o no recuperables ;)


Se me ocurre la posibilidad de negociar una bolsa horaria para estos casos.
 

elchuske

Miembro conocido
el caso no es tan complicado. la empresa necesita que los trabajadores en algunas ocasiones mas de las que quisiera se quedaran entre semana dos horas mas y en los dias de montajes que son fiesta pues el tiempo que sea necesario . Es obvio que si se computan como horas extras se pasan de largo . El pacto que la empresa ha sugerido es compensar esos excesos de jornada con tiempo libre de tal manera que por cada hora extra se pillan una hora y cuarto. Pero como los trabajadores tambien estan pillados economicamente la empresa pagara la mitad de esas horas en dinero ( pero sin nombrar que son horas extras ) y el resto en tiempo libre .Yo creo que es un buen trato pero no han aceptado. La empresa como consecuencia de esto esta perdiendo pedidos porque no es capaz de sacar el trabajo de los fines de semana con los trabajadores que si aceptaron. y como consecuencia lleva 4 meses de perdidas. Si los trabajadores siguen en sus trece pues le quedan como mucho 4 meses para cerrar pero o no son conscientes de lo que se les viene encima o estan un poco retrasadillos
Pues ese es el problema . Para cuando un juzgado de lo empresarial ?????
 

fundación

Miembro conocido
La cuestión se ciñe pues al sentido común, si se les explica a los trabajadores, y comprenden pero no aceptan, que la necesidad de la empresa pasa por ahí en estos momentos, de flexibilizar horarios y compensarlos posteriormente con descanso, y/o con "pluses"; y que si no se cede la empresa se hunde, pues como que el problema pasa por ahí.
 
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