Buenos días, que opináis sobre el pago de Plus Compensación del art. 30 del Convenio Hostelería Madrid, se abona cada año, una vez que se cumplen los dos requisitos de tener 58 años y antigüedad de 10 años en la empresa.
Se abona en marzo, pero tal cual en marzo, o lo prorrateo a lo largo del año en curso, o del anterior, a efectos de cotización. Una vez que les corresponde el primer año ya se abona todos los años siguientes.
Gracias.
Se abona en marzo, pero tal cual en marzo, o lo prorrateo a lo largo del año en curso, o del anterior, a efectos de cotización. Una vez que les corresponde el primer año ya se abona todos los años siguientes.
Gracias.