I P TOTAL CUALIFICADA

jcg73

Miembro activo
Voy al grano, trabajador q sufrió AT, le reconoce IP total por dicho accidente. La empresa , por incumplimiento en medidas de seguridad pagó el recargo sobre pprestaciones  a tanto alzado  mediante un cálculo actuarial, han pasado 7 años y ahora la empresa recibe otra deuda de seguridad social también de capital coste a tanto alzado ya que el trabajador ahora pasa a cobrar la pensión cualificada (+ 20%).
Espero haberlo resumido en esencia. Es correcto? Tiene que pagar?
No deberían haber realizado el cálculo en su día teniendo en cuenta esta mejora de la pensión?
Me ha caído el asunto esta semana y mañana me vence el plazo para recurrir, lo cual, si recurro no me hará ganar tiempo pues o paga o presenta aval el empresario, verdad??
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que el INSS tiene razón. Ten en cuenta que un trabajador, si laboral hasta la jubilación, no cobraría nunca la cualificada. Y es en el momento en que la cobra, cuando se hace la capitalización del porcentaje, en base a cálculos actuariales, y se cobra al empresario.
 

jcg73

Miembro activo
Y en el momento en que fallezca el trabajador, la empresa nuevamente deberá pagar recargo sobre las pensiones de viudedad, orfandad,,,????
 

jcg73

Miembro activo
El empresario era persona fisica y esta jubilado, si no paga le embargan la pension. Veré si vale la pena y puedo pedir aplazamiento...
 
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