I.T. a partir de abril

JAVIER_R

Miembro activo
Buenos días, a partir del 1 de abril o mejor dicho a partir del 11 de abril, el trámite a seguir en los supuestos de baja médica de trabajadores autónomos, régimen General y empleadas de hogar es el siguiente?
Baja enfermedad común o accidente no laboral:
Baja medica: Se tramita la misma indicando base de cotizaciones, funciones que realiza en su trabajo, categoría profesional....(imagino que la forma de tramitar estos datos se realizará a través de algún apartado nuevo que aparezca en siltra)
Partes de confirmación y altas medicas: No es obligatorio ya cominicarlas.
Baja A.T o E.P.
Baja médica, confirmación y alta medica: como hasta ahora, se comunican todos los partes.
Esto es así? Gracias
 
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