I.T. EMPLEADA DE HOGAR

Clo

Nuevo miembro
Empleada de hogar fija en situación de i.t. (it concertada con inss)
No se quién tiene que tramitar la baja de i.t., si la empleadora o la propia empleada.
Llamo al inss y me dicen:
-La empleadora tiene q llevar el parte de baja + el de confirmación nº 1. En este caso, me dicen además, que se podría hacer la comunicación por red.
-La empleada tendrá que llevar los partes de confirmación a partir del nº 2 + un certificado de empresa. Y me dicen q a partir de ahí no se puede hacer x red...
-En tgss me dicen q a ellos no tenemos q comunicar nada, xq el empleador mantiene la obligación de cotizar. Pero me dicen que eso de notificar las bajas x red nada de nada, que lo tienen q hacer personalmente en el inss, pero no me saben confirmar quién de los dos tiene que hacer el trámite (si el empleador o el empleado)...
A mi me parece todo muy raro (al final tienen que ir las dos? la empleadora q tiene casi 100 años y la empleada q está enferma???)¿Me podéis decir cómo tenemos que hacerlo ahora??? Lo tenéis claro?
Gracias y saludos,

 

javier

Miembro
Entiendo que al tratarse de una prestación en pago directo, la solicitud la tiene que efectuar la trabajadora, que es ademas la que va a percibir la prestación.
El cabeza de familia no interviene para nada y tendrá que limitarse a seguir cotizando.
 
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