Se trata de un autonomo que se dio de baja el dia 31/12/2012. El dia 1/1/2013 le dan de alta en regimen general. El dia 1 de marzo le operan y estara de baja 20 dias. Nunca ha acotizado en regimen general excepto estos dos meses. La IT en base a que la cobraria por el regimen de autonomos o por el regimen general??.