ayudaydudas
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Buenos días,
EN mi pueblo la concejalia de hacienda ha repartido las normas y periodos de recaudación municipal de tributos ejercicio 2012.
El impuesto de Actividades económicas sale que es de recaudación municipal pero que hay una exención durante 2 períodos impositivos para quienes inicien su actividad en territorio español.
Si una empresa esta constituida, por ejemplo, desde Julio de 2010 y el impuesto se tiene que pagar del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012, ¿esta empresa debería pagarlo ya?
Si es así, ¿el ayuntamiento le enviaría al domicilio de la empresa una carta de pago para que lo pagara o la empresa debería acudir al ayuntamiento para decirle que ya han pasado dos años y tiene que pagar el impuesto?
Muchas gracias.
Un saludo.
EN mi pueblo la concejalia de hacienda ha repartido las normas y periodos de recaudación municipal de tributos ejercicio 2012.
El impuesto de Actividades económicas sale que es de recaudación municipal pero que hay una exención durante 2 períodos impositivos para quienes inicien su actividad en territorio español.
Si una empresa esta constituida, por ejemplo, desde Julio de 2010 y el impuesto se tiene que pagar del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012, ¿esta empresa debería pagarlo ya?
Si es así, ¿el ayuntamiento le enviaría al domicilio de la empresa una carta de pago para que lo pagara o la empresa debería acudir al ayuntamiento para decirle que ya han pasado dos años y tiene que pagar el impuesto?
Muchas gracias.
Un saludo.