Un trabajador lleva de baja por accidente de trabajo 1 años y 4 meses, la Mutua ahora propone alta al INSS, lógicamente en esos 5 días en INSS no va a contestar, dándose por aceptada el alta.
Mi pregunta es sobre la impuganación de ese alta, el trabajador tiene 4 días desde la fecha de alta para presentar la impugnación en el INSS pues la mutua a partir de los 365 días ya no es competente.
Esa impugnación llega con presentar la solicutud de impugnación de alta ante el INSS, para paralizar el alta o es necesario ya presentar reclamación previa y que el trabajador se presente en su puesto de trabajo.
Mi pregunta es sobre la impuganación de ese alta, el trabajador tiene 4 días desde la fecha de alta para presentar la impugnación en el INSS pues la mutua a partir de los 365 días ya no es competente.
Esa impugnación llega con presentar la solicutud de impugnación de alta ante el INSS, para paralizar el alta o es necesario ya presentar reclamación previa y que el trabajador se presente en su puesto de trabajo.