Hola
Me surge una gran duda.
Tengo que reclamar contra un despido disciplinario de un trabajador que empezó a trabajar en el 2019 para un empresario persona física (taller de coches) y que en octubre de 2022 constituyó una Comunidad de bienes con su mujer. Es decir de un día para otro la forma jurídica cambió
No se le indemnizó pero tampoco se le reconoce en la nómina la antigüedad del 2019.
La duda es si debería presentar de forma separada la solicitud de reconocimiento de antigüedad y la impugación del despido para que haya dos procedimientos y así si se resuelve primero el asunto de la antigüedad tengo "cosa juzgada" para el otro procedimiento.
Me temo que la empresa no va a querer llegar a acuerdos en el Tribunal de Arbitraje y vamos a llegar al Juzgado y allí no podré acumular la acción de despido a la de reconocimiento de antigüedad.
Gracias anticipadas a todas las respuestas
Me surge una gran duda.
Tengo que reclamar contra un despido disciplinario de un trabajador que empezó a trabajar en el 2019 para un empresario persona física (taller de coches) y que en octubre de 2022 constituyó una Comunidad de bienes con su mujer. Es decir de un día para otro la forma jurídica cambió
No se le indemnizó pero tampoco se le reconoce en la nómina la antigüedad del 2019.
La duda es si debería presentar de forma separada la solicitud de reconocimiento de antigüedad y la impugación del despido para que haya dos procedimientos y así si se resuelve primero el asunto de la antigüedad tengo "cosa juzgada" para el otro procedimiento.
Me temo que la empresa no va a querer llegar a acuerdos en el Tribunal de Arbitraje y vamos a llegar al Juzgado y allí no podré acumular la acción de despido a la de reconocimiento de antigüedad.
Gracias anticipadas a todas las respuestas