INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

YOLI

Miembro activo
hola,

nos acaba de llegar por siltra un comunicado donde le reconocen a un trabajador una incapacidad permanente total con efectos económicos desde el 26/07/24 y que no se prevé que vaya a ser objeto de revisión por mejoría que le permita la reincorporación antes de dos años.
De momento el trabajador no ha dicho ni mu, no nos ha pedido pagarle las vacaciones pendientes.

La empresa tiene que pagarlas obligatoriamente o esperamos a que el trabajador las reclame y si no las reclama santas pascuas?

Hay algo más que tenga que hacer la empresa en estos casos? Porque supongo que en este caso que le han concedido la incapacidad permanente total la empresa no tiene que darlo de alta de nuevo verdad?
 

toni

Miembro conocido
1) Imagino que lo darias de baja en su dia por agotamiento IT no? Entonces tienes que hacer un CASIA para cambiar la causa de la baja a pase a pensionista. Igual te piden hacer alta y baja con la nueva causa e inactividad Z.

2) Si se deben, hay que pagarlas, otra cosa es que la empresa "se arriesgue" y quiera esperar a que las reclamen.

3) No tienes que darlo de alta.
 
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