Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
Hola, necesito que me confirmeis si, en un proceso de IT cuando se produce una recaida, los efectos economicos vuelven al pricipio ( es decir 1 a 3 dia no se cobra, del 4º a 15 cobra el 60% .... ) o directamente comienza a cobrar el 75%. Gracias.
En las recaidas el primer día de la recaída es el día siguiente de la anterior, por tanto si la baja anterior iba por el día 20 el primer día de la recaída será el 21
Y ahora me surge a mi la duda siguiente: Y que base de cotizacion se tiene encuenta en la recaida??? la anterior (es decir la incial del periodo de baja )o la generada desde que le dieron el alta de IT hasta la nueva baja de IT???
Perdona Tomas por usar tu pregunta para volver a preguntar.
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.