INCAPACIDAD TEMPORAL - REDUCCION DE JORNADA (baja parte del contrato)

mvictor

Nuevo miembro
Hola compañer@s, buenos días.

Se me plantea una duda, que hasta ahora no me había encontrado.  Un trabajador que está de baja por Accidente de Trabajo desde el mes de Abril, tenía pactado para el mes de Junio una reducción de jornada con motivo de que parte de su contrato se rescinde en esa fecha. El trabajador está contratado por varios proyectos y varios de éstos se rescinden en el mes de junio.

A efectos legales (y también prácticos) mi primera respuesta para el caso, es que tiene comunicada la IT y su Base Reguladora es la del mes anterior a la baja, por lo que no podemos tocar nada mientras esté de baja.. También he estado investigando y como realmente el trabajador no se va a reincorporar al trabajo no puedo indicar que va a realizar menos horas (porque no hará ni más ni menos, directamente continuará de baja).


Aún así, intentamos hacerlo lo mejor posible para evitar problemas puesto que los proyectos están subvencionados y no queremos que la empresa se vea en un problema a la hora de justificar que el trabajador lo ha mantenido de alta.. Siendo una finalización de contrato (en una parte y no dándole el tratamiento de reducción de jornada) podría hacerse algo al respecto? podríamos comunicar la reducción de jornada?

Gracias de antemano, saludos.

 

fundación

Miembro conocido
Hombre, el contrato está suspendido, la prestación es a cargo de SS/mutua desde el día siguiente ... creo que no podáis tocarlo.

Lo de "finalización parcial" de contrato lo veo algo chapuza. ¿No podríais haber investigado varios contratos a t. parcial simultáneos si hay causas de contratación y puestos distintos?
 

Ro

Miembro activo
El contrato por obra o servicio permite, el fin contrato siempre que los trabajos o la mayor parte de ellos se hayan terminado y ya no se necesite al trabajador. Podrías darlo de baja por ese motivo, y el trabajador seguiría cobrando de la Mutua el ACCTE. DE TRABAJO y luego la prestación por desempleo íntegra. Lo que no deberías hacer es una reducción de jornada, no se puede.
 

fundación

Miembro conocido
Ya, pero hay una subvención y entiendo desde un principio que tendrán que justificar tanto que está contratado como el coste del trabajador que es subvencionable.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Además, no es posible dar de baja porque quede poco trabajo, a no ser que así se indique en el contrato o en el convenio.
 
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