incapacidad temporal urgente

  • Iniciador del tema Litoria
  • Fecha de inicio
L

Litoria

Guest
Hola muy buenas, tengo un trabajador de baja por enfermedad los datos salariales del trabajador son:

BC del mes anterior a la baja 1185.70 €

Ahora estamos en el segundo mes de baja, por lo que el trabajador obtiene el 75%, que da la cantidad de 889,20 €.

Ahora las preguntas:

1.- En la nomina se le practica algún tipo de deducción (seg social/irpf) al trabajador.
2.- En los cálculos del TC solo se tiene en cuenta los tipos aplicables al empresario.
3.- Es esa cantidad de 889,20 la cuantía que se deduce el empresario en el TC.


Gracias.
 

calamog

Miembro
1º) Las mismas de siempre, pero con las bases m/anterior para seg.social.
      Y el mismo % de IRPF

2º) En el TC. los % son los mismos que si trabajara (Bases m/anterior).


3º) SI


saludos.
 
Arriba