Buenos días.
Un trabajador comenzó un período de IT en Marzo de 2012. En Julio de 2013, tras prórroga, el trabajador causa alta médica y se reincorpora al trabajo.
Durante el 2012 y el 2013 no ha disfrutado ningún día de vacaciones. El convenio especifica 23 días hábiles, por lo tanto ¿tendría derecho a la totalidad de disfrute, esto es, los 46 días de vacaciones por ambos años?
Gracias. Saludos
Un trabajador comenzó un período de IT en Marzo de 2012. En Julio de 2013, tras prórroga, el trabajador causa alta médica y se reincorpora al trabajo.
Durante el 2012 y el 2013 no ha disfrutado ningún día de vacaciones. El convenio especifica 23 días hábiles, por lo tanto ¿tendría derecho a la totalidad de disfrute, esto es, los 46 días de vacaciones por ambos años?
Gracias. Saludos