INCAPACIDAD Y REVISIÓN

Clo

Nuevo miembro
Trabajador q sufre A.T. en el año 2009
Baja IT x 18 meses - propuesta incapacidad - pasa a pago directo y le conceden incapacidad
Hoy se presenta en la empresa, diciendo q el viernes le notificaron que debía incorporarse a su trabajo, y dice que quiere incorporarse mañana. Les notifica q tiene todo en manos de asesor para recurrir contra la resolución.
A la empresa no le ha llegado notificación alguna
El servicio de PRRLL de la empresa dice q este hombre no está capacitado (por su lesión y x su tipo de trabajo), viendo peligro de accidente de trabajo (para él, o que provoque un accidente a un compañero).
Está pendiente de nueva operación.
No hay posibilidad de reubicación en otro puesto.
La empresa está al borde de la quiebra, y no tiene trabajo para él, ni dinero ni para pagar salario (por un trabajo que ni tiene ni podría hacer si lo tuviera) ni para indemnizarle x despido.
1.-¿Tiene la empresa obligación de reincorporar mañana al trabajador, aún sin haber recibido la notificación?
2.-¿Qué plazo tendría para hacerla efectiva, para intentar organizarse?
3.-¿Desde la denegación hasta la incorporación, el trabajador ni cotiza ni percibe prestación/remuneración?
4.- ¿Alguna idea brillante para afrontar esta situación totalmente surrealista?
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Si el trabajador tiene la resolución, sí.

2.- Inmediatamente

3.- No

4.- Que coja de nueva la baja el trabajador, el INSS se la dará si está mal.
 

Clo

Nuevo miembro
ya... pero creo q el trabajador no está por la labor... le dije eso o suspensión de empleo y sueldo,...
pero el trabajador le ha dicho a la empresa q no tiene un duro, ni para pagar al asesor q le está preparando el recurso al inss...
Como ayer no firmó la carta que le había traido el trabajador, hoy  ya ha llegado ya burofax, ...
Cuestión:
 

Clo

Nuevo miembro
1.- Le doy de alta (¿cuándo?)
2.- Q se coja una it, o excedencia o suspensión... (¿y si el trabajador pasa?)
3.- Q el trabajador recurra, q está en ello (ahí la empresa puede hacer algo?)
4.- Si le conceden IP (¿sabéis q tardan en resolver?), pues baja otra vez en la empresa, y todos contentos (con unas canitas de demás...)
5.- Si le deniegan, entonces despido (x ineptitud, o x causas económicas para q el fogasa se haga cargo del 40%)
6.- Porque si lo despido mañana, y luego le condeden la IP es una faena, no?

Gracias y saludos,
 
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