Fernando, el trabajador no estaba contratado, a raiz de la inspección ha decidido darle de alta pero yo entiendo al igual que jcg73 que quedaría excluido del acceso a beneficios por infracción grave
Sanciones accesorias a los empresarios:
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2. Cuando la conducta del empresario dé lugar a la aplicación del tipo previsto en el artículo 22.2, con independencia del número de trabajadores afectados, se aplicarán las medidas previstas en las letras a) y b) del apartado anterior, si bien el plazo de exclusión previsto en la letra b) podrá ser de un año.