Inclusión plan de pensiones en la base de cotización

Otin

Miembro
Dudas de procedimiento:
Si la aportación empresarial a un plan de pensiones de empleo se realiza una vez al año, ¿se deberá reflejar en el recibo de nómina en el momento del pago y realizar las retroactivas correspondientes para cotizar por todo el periodo de devengo? ¿Se tiene que crear un concepto mensual de devengo que cotice a la seguridad social y otro de descuento del importe estimado del plan de pensiones en el recibo y regularizar en el momento del pago efectivo? ¿Podemos incluir una nueva línea en el desglose de la cotización indicando "parte proporcional plan de pensiones" como si tuviera el tratamiento de una paga extra y que figure en el concepto de plan de pensiones en el recibo de nómina cuando se haga efectivo?
Muchas gracias a todos.
 

Otin

Miembro
En Tesorería comentan que se debe hacer una estimación mensual del plan de pensiones y realizar, si corresponde, la retroactiva cuando se haga la aportación anual al plan. Recomiendan que la estimación sea a la baja para evitar la devolución de cuotas.
Sigo teniendo dudas respecto de cómo realizar los conceptos en la nómina.
Gracias.
 

campus34

Miembro conocido
Pues la tesoreria lo lleva claro si piensa que se puede hacer asi. Yo con los convenios que trabajo, indican que en diciembre se paga el plan de pensiones si en Noviembre se cumplen premisas de ventas, beneficios...
Como cotice mes a mes y luego no se pague, a ver como me devuelven el dinero. Ademas, no creo que los Comites de Empresa nos lo permitan hacer.
Vamos, que cotizare en diciembre y punto. Si sobrepasa la base maxima que me lo diga un inspector y vamos a magistratura a ver que opina el juez.
 

campus34

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
Lo correcto es hacer una complementaria y pagarlo, mes a mes, como si se tratase de atrasos.

Sí, efectivamente sería lo correcto. Pero ¿Cómo sabemos cual es el período de liquidación del Plan de Pensiones?
Es decir, si el convenio de empresa te dice que en Diciembre, en función de los resultados del ejercicio, se pagarán 1.200 euros al Plan de Pensiones. ¿Quién define que lo deba distribuir lineal de Enero a Diciembre?
Es decir, si por ejemplo, la empresa ha tenido beneficio en 6 meses y pérdidas en los otros 6. ¿Porqué no se cotiza en sólo los 6 meses que realmente han devengado el pago del Plan?

Lo comento porque me veo más peleando con Comités de Empresa que con la Seguridad Social. Los primeros sí que son durísimos de pelar y les da igual lo que diga la normativa.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La cuestión está en que todo lo que es de devengo superior al mes o irregular (es decir, todo, salvo lo que pueda acreditarse que se ha devengado dentro de un mismo mes, y únicamente dentro de ese mes y está claro que no es el caso de los planes de pensiones) debe cotizar de forma porrateada durante los 12 meses del año.
Por tanto, o bien haces una estimación ya desde enero, y luego, salvo que hayas acertado al céntimo, presentas una complementaria por la diferencia por haberte quedado corto o bien una  solicitud de devoluación de ingresos indebidos por haberte pasado, o bien, te esperas al final, a confirmar el importe definitivo y presentar directamente una complementaria por los meses ya transcurridos y de los que presentaste liquidación e incorporar la porrata correspondiente en las liquidaciones de los meses en los que aún estés a tiempo (que, aunque eso suceda en diciembre, posiblemente estarás a tiempo de tenerlo en cuenta en las liquidaciones de noviembre y diciembre).
Eso sí, de seguir la segunda opción, aparentemente más cómoda,  entiendo que debería ser con recargo.

 

campus34

Miembro conocido
Gracias Nando,
Efectivamente lo tendré que hacer así, pero la teoría es bastante más simple que la práctica.
Por ejemplo, en Diciembre de 2013 hemos pagado el plan de pensiones de un grupo de empresas, referente a los ejercicios 2006-2007-2008.
Es decir, 5 años de negociaciones.
Como la ley entró el 23 de Diciembre ¿Debo hacer complementarias de los años 2006-2007-2008?
Pues yo no lo voy a hacer.
Y si viene el inspector pues que hable con los Comités de Empresas que representan a más de 3.000 empleados.
 
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