INCORPORACION TRAS BAJA MATERNAL, ¿BONIFICACION?

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes.

Una señora que junto a su hermana forman una comunidad de bienes (ambas autónomas) con dos empleados por cuenta ajena a cargo. Causa baja por maternidad y contratan a una persona para que la sustituya. En ningún momento esta autónoma ha causado baja en el RETA mientras ha durado su baja maternal. Con fecha 05-11-18 termina su baja maternal y se incorpora a su puesto de trabajo. ¿Tiene derecho a la bonificación de 12 meses por incorporación¿ ¿O no, porque en ningún momento causó baja en el RETA?.

Gracias, como siempre.
 

Ro

Miembro activo
Según nuevo criterio tienes que cursar baja y nueva alta, cursa baja el 5 y alta posterior ( al día siguente o cuando comience a prestar servicios de nuevo) yo por si acaso dejaría un día por el medio no creéis...
 

JAVIER_R

Miembro activo
Ro, y eso no se ve muy descarado? Es normal hacerlo asi?.

En mi caso al tratarse de una comunidad de bienes, tendrían que ir al notario, para decir que es una comunera que no trabaja para la comunidad y posteriormente volver, para decir que ya si trabaja y cursar el alta de nuevo?. Lo veo muy mosqueante todo, no?
 

Ro

Miembro activo
A la TGSS también le parece absurdo pero es lo que hay. En tu caso mejor será cursar baja reta un día y alta al siguente, para no tocar la CB.
Envíale mail a tu TGSS para que te comenten.
 
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