INCREMENTO DE COTIZACIÓN EN CONTRATOS DE MENOS DE 7 DÍAS

signifer

Miembro
Buenos días,

Os pido opinión sobre lo siguiente:

Trabajador que tiene un contrato indefinido desde hace años. Suspende el contrato con una excedencia. Se reintegra a la empresa tras la excedencia y se le despide. Desde el alta al despido hay menos de 7 días. ¿Deberá incrementarse la cotización por estar cotizando menos de 7 días?

Yo considero que no porque la sobre cotización es para contratos temporales y aquí se estariamos en una reanudación de un contrato indefinido.

El artículo que contempla la sobrecotización, de la orden de cotización 2013, es:

Artículo 26. Incremento en la cuota empresarial por contingencias comunes en los contratos temporales de corta duración.
En los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea inferior a siete días la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 36,00 por 100. Dicho incremento no será de aplicación a los contratos de interinidad. Tampoco se aplicará en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.


Por tanto no afecta a un contrato indefinido. ¿Se me escapa algo?

Saludos
 
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