Hola compañeros, me encuentro con un caso en el que un trabajador contrato desde el 03/06/2024 a media jornada pero en contrato en computo anual de 894 horas, la compensación de horas realizadas de mas la tengo que realizar a 31/12/2024 o puedo compensar con tiempo de descanso o no trabajo hasta el 02/06/2025?
Si es la parte proporcional del tiempo trabajado a 31/12/2024 tendría que tener unas 569 horas de trabajo efectivo realizadas si realiza más (unas 650 h pongamos por ejemplo) ¿puedo ir compensándolas en 2025, hasta completar la 894 anuales?
Si es la parte proporcional del tiempo trabajado a 31/12/2024 tendría que tener unas 569 horas de trabajo efectivo realizadas si realiza más (unas 650 h pongamos por ejemplo) ¿puedo ir compensándolas en 2025, hasta completar la 894 anuales?