Hola tengo una pequeña duda y no encuentro jurisprudencia sobre la misma. El caso es que la empresa le transfirió a una trabajadora la indemnización por despido de 20 días por año de servicio. La trabajadora no conforme, demandó por improcedente. En conciliación judicial, se llegó al acuerdo de abonar una cantidad de dinero superior a la de 20 días y esta se realizaría en tres plazos. Ni la parte contraria ni la mía, declaró en el acto conciliatorio que ya se había abonado 20 días y claro a la hora de pagar la empresa, esta paga la cantidad acordada pero descontándole la que se pagó, y la trabajadora dice que aparte de la que se pagó, la que se acordó en conciliación.
Particularmente, pienso que no se puede pagar 2 veces por el mismo concepto, si se acuerda 1000 euros de finiquito, no se puede pagar 1000 euros mas lo que se le había abonado antes por el mismo concepto.
¿Que opináis?, ¿sabéis de alguna jurisprudencia que me pueda ayudar?
Particularmente, pienso que no se puede pagar 2 veces por el mismo concepto, si se acuerda 1000 euros de finiquito, no se puede pagar 1000 euros mas lo que se le había abonado antes por el mismo concepto.
¿Que opináis?, ¿sabéis de alguna jurisprudencia que me pueda ayudar?