El Supremo vuelve a cuadrar el círculo, la verdad que es admirable tanta fantasía en la interpretación de las normas...
"Con carácter general, el tope máximo de la indemnización será de 720 días, salvo que del cálculo de la indemnización hasta el 12 de febrero de 2012, realizado en base a 45 días de salario por año de servicio, resulte un número de días superior a esos 720 días. Cuando este suceda, ese número de días superior a 720 se aplicará como tope, siempre y cuando este número de días no exceda de 42 mensualidades, en cuyo caso el tope indemnizatorio queda fijado en 42 mensualidades.
Con esta interpretación, muy favorable a los trabajadores, el Tribunal Supremo efectúa un giro copernicano en la interpretación de la norma, que deberá ser tenida en cuenta por las empresa, abandonando la práctica seguida hasta el momento".
http://www.expansion.com/blogs/sagardoy/2015/01/26/aumentan-las-indemnizaciones-por-despido.html
"Con carácter general, el tope máximo de la indemnización será de 720 días, salvo que del cálculo de la indemnización hasta el 12 de febrero de 2012, realizado en base a 45 días de salario por año de servicio, resulte un número de días superior a esos 720 días. Cuando este suceda, ese número de días superior a 720 se aplicará como tope, siempre y cuando este número de días no exceda de 42 mensualidades, en cuyo caso el tope indemnizatorio queda fijado en 42 mensualidades.
Con esta interpretación, muy favorable a los trabajadores, el Tribunal Supremo efectúa un giro copernicano en la interpretación de la norma, que deberá ser tenida en cuenta por las empresa, abandonando la práctica seguida hasta el momento".
http://www.expansion.com/blogs/sagardoy/2015/01/26/aumentan-las-indemnizaciones-por-despido.html