Indemnización por despido objetivo

Recsa

Nuevo miembro
Hola, quería hacer una consulta sobre el despido objetivo. Esta mañana me han notificado en mi empresa el despido, mediante una carta de 4 páginas en la que tratan de cubrirse bien, alegando montones de razones de tipo económico, que hasta donde yo sé pueden tener un cierto fundamento. En esa misma carta dice que la empresa hace entrega del 60% de la indemnización, correspondiente a 12 días por año trabajado. Además me dan otra carta en la que dicen que se me hace entrega de un importe en concepto de "preaviso" pes quieren hacer el despido efectivo a fecha de hoy (entiendo que por evitar prolongar la situación desagradable que se pudiera ocasionar en estos días).

Yo no he firmado nada ni se me ha hecho entrega de ningún dinero, salvo el certificado de empresa (la nómina de febrero que creo que se ha trasferido a mi cuenta esta misma mañana (supongo que mañana la tendré). No he firmado nada porque no sabía si de verdad el FOGASA es a quien debo reclamar el resto de la indemnización, o bien si mi empresa puede hacer frente a ese pago. Me dicen amigos que ahora ya el empresario no puede pedir al FOGASA el dinero, y obligatoriamente ha de ser el trabajador.

Por la tarde me han hecho llegar a mi domicilio un burofax con toda la documentación, para cubrirse en el sentido de demostrar el aviso de despido. Mi pregunta es cual es el siguiente paso, si quiero aceptar lo que me ofrecen, estoy a tiempo y puedo decirlo en mi empresa o el dinero lo irán a consignar en el juzgados de lo social y por tanto tengo que reclamarlo allí o denunciar para cobrarlo?

Por otra parte tengo un mail de mi jefe del mes pasado diciéndome que no me coja las vacaciones pendientes del 2012 porque me las pagaría. Puedo reclamar por tanto ese concepto?

Muchas gracias por vuestra ayuda por adelantado.
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, paga el FOGASA los 8 días.

2.- Tienes la indemización que paga la empresa a tu disposición y puees ir a buscarla cuando desees.

3.- Claro,  si acaba la relación laboral, las vacaciones se te pagan en el finiquito.
 
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