Indemnización por jubilación.

laboral23

Miembro
Buenas tardes,
Tenemos un trabajador de una empresa cliente que ha solicitado una indemnización por jubilación prevista por Convenio. El trabajador en cuestión es fijo discontinuo y ahora se encuentra con el contrato suspendido desde el pasado 31/10/2015. El trabajador se va a jubilar con fecha de efectos del 31 de enero de 2016, y no sabemos cómo tenemos que hacerlo para cotizar esta indemnización. Entendemos que la indemnización cotiza entera y que para el IRPF tenemos que tener en cuenta el 30% de rentas irregulares.
¿alguien sabe el procedimiento a seguir para este caso? Es decir, para un trabajador que ya no cotizará ningún día en 2016, pero que tiene que cobrar esta indemnización en este mes.
 

Clo

Nuevo miembro
Uf, si ya el "normal" me parece complicado, este no se por donde pillarlo,...
Entiendo que cotizaría con efecto retroactivo yéndote a los meses en que estuvo de alta,...
Y ojo, creo que ha cambiado el porcentaje de renta exenta. compruebalo.
Ya contarás que tal te ha ido.
Saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Art. 25 Reglamento de cotización dice que, en caso de superarse los límties exentos, se cotizará el exceso en los 12 meses anteriores. Es lo que yo haría.
 
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