INDEMNIZACION 33 DIAS

J

job13

Guest
Buenos dias:
Una empresa con un contrato indefinido bonificado (desempleado, inscrito mas de 6 meses) decide despedirlo. Si en el contrato esta la aplicacion de la Ley 2/2001, se puede indemnizar con 33 dias haciendo un despido objetivo, declarandolo, la empresa, como improcedente. O solo se puede aplicar esta reduccion si la declaracion de improcedencia la impone un juez.
Gracias
 
Sí, se puede formalizar el despido objetivo declarando su improcedencia por la empresa. Yo los vengo realizando de la siguiente manera:

1º Formalizo la carta de despido con el oportuno preaviso y la puesta a disposición de los 20 dias.
2º En la fecha de efectos del despido formalizo escrito RECONOCIENDO LA IMPROCEDENCIA y poniendo a su disposición la diferencia de la indemnización yá pagada hasta llegar a los 33.

Pero ojo, ésto es admisible cuando exista realmente la situación objetiva del despido pero la empresa tenga dificultades en acreditarlo. Ya sabes, el despido objetivo es correcto no sólo si existe la situación objetiva para realizarlo, sino también QUE PUEDAS ACREDITARLO, y muchas veces es bastante difícil y costoso sobre todo para las pymes y autónomos.

Saludos

Saludos.
 
J

job13

Guest
  Es obligatorio el preaviso de 30 dias y pagarselos, por que si es asi el dinero que se ahorra la empresa de la diferencia de dias se lo gasta en el salario mensual, si el trabajdor no tiene mucha antiguedad.

    En este caso como solo lleva 8 meses en la empresa creo que es mejor pagar 45 dias y solucionar el problema con un disciplinario improcedente.

Muchas gracias por todo.
Saludos
 
J

job13

Guest
ENTONCES ES OBLIGATORIA EL PREAVISO DE 30 DIAS SINO TE LO PUEDEN RECLAMAR JUDICIALMENTE.
UN SALUDO
 
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