konita
Nuevo miembro
Hola, recientemente tenemos un cliente que tiene dos técnicos de RRHH graduados con la carrera de RRLL y RRHH. Ambos se encuentran sin colegiar y la empresa quiere pagarles la cuota bimensual en nómina para que vayan reciclándose sobre conceptos nuevos, cursos, etc... Mi duda surge cuando le haya resarcido dicha cuota que primero le recae sobre ellos, se tiene que indicar algún tipo de código en los CRA? Se que se encuentra exento de tributación y cotización pero la verdad que no sé si se incluye como alguna retrib en especie o no.
Gracias
Gracias