Voy a hacer de abogado del diablo.
No quito que la falta de comunicación diligente de la ausencia pueda ser una infracción, con su recorrido.
Pero en relación al proceso de baja IT propiamente dicho, dadas las fechas agosteñas, aunque en el límite, podría ser.
Salvo excepciones, el reconocimiento de las bajas IT acontece en los Centros de Asistencia Primaria, por parte de personal médico (medicina de familia).
Dichos centros de asistencia (CAPs), en general están muy en cuadro respecto de personal médico. Se mantienen abiertos por personal administrativo, de enfermería, y los bots de IA de cribaje sanitario (al menos, esto es lo generalizado en Catalunya).
Así que es perfectamente posible que el paciente (trabajador), comunicase ya el mismo día 11 su situación sanitaria a su CAP, a efectos que le procesasen la correspondiente baja IT. Y que hubiese enfermera y/o administrativo "sanitario" con algoritmo, que recogiese la solicitud.
Pero que en esas fechas no hubiese absolutamente ningún médico (o médica) presente que pudiese cursar y firmar el parte.
Hay ambulatorios que pasan temporadas sin personal médico presente. Atienden sanitariamente solo aquello (muchísimo) que puede gestionar enfermería. Pero las bajas IT aun no están facultadas para cursarlas.
Incluso hay otros ambulatorios que aun teniendo "algún" médico presente, para esto de las bajas solo admiten que revise y reconozca tu facultativo. Lo normal es que se gestione mediante visita espontanea, y te atienda y curse el trámite cualquier personal médico presente. Pero a veces no es así (supongo que por saturación de atención hacia sus propios pacientes).
Así que aunque aparente un dislate comunicar una baja 12 días después, y ya estando de alta (¡y lo es!), no necesariamente estamos frente a un fraude laboral-sanitario.