Información de ITSS de Alava, por si os sirve (refente a ERTE total o parcial)

Raquelcs

Miembro activo
Buenos días
por si os sirve la información, os copio lo que me han enviado hoy del colegio de graduados sociales de Alava:
1-      DIFERENCIAS ENTRE ERTE TOTAL Y PARCIAL POR FUERZA MAYOR:
-          ERTE TOTAL DE FUERZA MAYOR: ES AQUEL EN EL QUE TODOS LOS TRABAJADORES ESTAN EN EL ERTE (no se han reincorporado ninguno), AUNQUE SI SE HAYA REINICIADO LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA Y ESTE TRABAJANDO EL AUTONOMO O AUTONOMA.
En principio, CONTINUARAN CON LA EXONERACION DEL 100% y el CODIGO DE INACTIVIDAD “V”.
Es independiente de que la actividad de la empresa ya no esté limitada por la fuerza mayor, es decir que pudiendo reanudar su actividad no lo hace o lo hace  sólo con los autónomos o autónomas.

-          ERTE PARCIAL FUERZA MAYOR: ES AQUEL EN EL QUE UNO O MAS TRABAJADORES SALEN DEL ERTE TOTAL O PARCIALMENTE, este último caso hace referencia al paso de ERTE DE SUSPENSION A ERTE DE REDUCCION DE JORNADA.
         
2-      CONTRATACION DE PERSONAL DE EPRESAS AFECTADAS POR ERTE DE FUERZA MAYOR:

No hay ninguna prohibición expresa a la contratación de personal de una empresa afectada por ERTE, si bien esta contratación puede ser inspeccionada y resultar fraudulenta, bien porque la causa de la temporalidad lo sea, o porque lo que se pretenda es dejar a trabajadores en ERTE, que podían incorporarse y no se incorporan a la actividad y se contrata a otra persona con sus misma categoría profesional.
En este sentido hay que distinguir por categorías profesionales, ejemplo mantenemos en ERTE al personal de cocina de un establecimiento de hostelería y contratamos a un/una camarera/o, esto es totalmente correcto pues sus funciones son diferentes, siempre que los camareros y camareras ya se hayan reincorporado del ERTE.
Por supuesto que la contratación de interinidad está totalmente justificada y permitida, aún con personal afectado por ERTE.

3-    IMPUGNACION DE ERTE DE FUERZA MAYOR:
La falta de causalidad para mantener un ERTE DE FUERZA MAYOR, de momento, NO ES OBJETO DE INSPECCION DE TRABAJO, SERA EL PERSONAL TRABAJADOR LOS QUE PUEDAN IMPUGNAR EL ERTE EN LA JURISDICCION SOCIAL.  Esto significa que aquellas empresas que pudiendo reanudar su actividad no lo hacen y dejan a su plantilla en el ERTE DE FUERZA MAYOR, no son objeto de ser inspeccionadas y sancionadas, la Inspección de Trabajo no puede entrar en la falta de causalidad para mantener el ERTE DE FUERZA MAYOR, y solo los trabajadores y trabajadores podrán impugnarlo para incorporarse a su puesto de trabajo.
 

MACALENA

Miembro activo
Muchas gracias, Raquelcs.

Esta respuesta recibida es, ¿el criterio del CGS de Álava o ellos te traslada la respuesta recibida de la ITSS de Álava?
 

Raquelcs

Miembro activo
Hola
ellos nos trasladan las respuestas que han recibido a las consultas que han planteado a la Inspección de Trabajo de Álava y TGSS
 

Argi

Miembro conocido
Hola,

Parece claro que en Alava interpretan que el cambio de erte total a parcial la marca la reincorporación del primer trabajador.

En Bizkaia en un webinar organizado por el Colegio de Economistas impartido por una inspectora de Bizkaia, no se aclaró el tema. Creo que no lo tienen claro. Parece ser que IT no autorizó que se colgará el vídeo de la charla, síntoma de que prefieren no mojarse por si acaso...
 

carla

Miembro
Bueno, esta intrepretacion que es la que creo que será ya la buena y definitiva.... :eek: tira por el suelo todo lo que dijeron los grandes expertos tipo Benavides i Cia
 

Argi

Miembro conocido
carla dijo:
Bueno, esta intrepretacion que es la que creo que será ya la buena y definitiva.... :eek: tira por el suelo todo lo que dijeron los grandes expertos tipo Benavides i Cia

Las interpretaciones de Benavides siempre han ido en el mismo sentido que la hecha por la ITSS de Alava
 

DANIEL

Nuevo miembro
Es verdad, Benavides opinaba eso, lo mismo que la IT
Pero no dejan de ser opiniones.    Yo sigo pensando que esa interpretación es errónea
 
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