mafaldasur
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Buenos días!
A efectos de posible prescripción del expediente, en febr/2011 llega citación desde Inspc. Sevilla para liquidacion de horas extraordinarias de una empresa en patronales 11 y 41.
Le alego que no es competente para la provincia de Cádiz (donde está el domicilio y sede ppal). la subinspectora liquida por la patronal de Sevilla en may/2011.
En 08/2011 idem pero desde la Inspeccion de Cádiz, emitiendo acta y liquidación en fecha 01/2012.
Podría alegar prescripción , por trascurso de más de 9 meses, si considero todo como el mismo procedimiento de inspección, al ser los periodos y empleados coincidentes con los que recabaron en feb/2011?
Se agradecen respuestas!!!
A efectos de posible prescripción del expediente, en febr/2011 llega citación desde Inspc. Sevilla para liquidacion de horas extraordinarias de una empresa en patronales 11 y 41.
Le alego que no es competente para la provincia de Cádiz (donde está el domicilio y sede ppal). la subinspectora liquida por la patronal de Sevilla en may/2011.
En 08/2011 idem pero desde la Inspeccion de Cádiz, emitiendo acta y liquidación en fecha 01/2012.
Podría alegar prescripción , por trascurso de más de 9 meses, si considero todo como el mismo procedimiento de inspección, al ser los periodos y empleados coincidentes con los que recabaron en feb/2011?
Se agradecen respuestas!!!