INSPECCION DE TRABAJO - REQUERIMIENTO CAMBIO DE CONTRATO Y VARIACION DE BAJA

isabarros

Miembro
Buenas tardes, os escribo porque es la primera vez que me solicitan este cambio tras una inspección de trabajo (inspección en persona en el local comercial de la empresa) y por saber si a alguien más le ha pasado, qué pasos ha seguido... etc y por dejarlo por aquí por si a alguien le vuelve a pasar... (espero que no!!)

Tras una inspección de trabajo en un comercio local, me han enviado REQUERIMIENTO pidiendo solicitar a la TGSS la variación del tipo de contrato de fijo discontinuo a fijo ordinario o continuo, manteniendo el coeficiente de parcialidad en todos los periodos de llamamiento y cambios de jornada de 2023 a 2025.
Es decir que me cambiaran el tipo de contrato de 389 a tipo de contrato 100 o 200 según estuviese a jornada completa o parcial.

Además de eso, me pidieron solicitar a la TGSS la variación de la causa de las bajas de la trabajadora (solo 2 bajas), haciendo constar que cada una de esas bajas se produjo por decisión unilateral de la empresaria, es decir que me pusieron causa de baja 54.

En resumen:
- cambio del tipo de contrato de comienzos del año 2023 de 389 a 200
- cambio del cese a finales de 2023, pasando de ser un fin de llamamiento a un despido por parte de la empresa

- cambio del llamamiento de mediados de 2024, pasarlo a nuevo contrato 200
- cambio del cese a finales de 2024 pasarlo de ser un fin de llamamiento a un despido por parte de la empresa

- cambio del llamamiento de principios de 2025, pasarlo a contrato 200

Hice solicitud a CASIA solicitando que por requerimiento de inspección de trabajo necesitaba que me hicieran todos esos cambios y adjuntando el requerimiento de inspección de trabajo y me han hecho todo rapidísimo y sin pedirme ningún tipo de documentación a mayores, con lo que el cambio en TGSS lo tengo listo tal y como me han requerido.

Pero ahora me surgen muuuchas dudas....

¿Tengo que comunicar por contrat@ todos estos "nuevos" contratos? Tenía el contrato y todos los llamamientos comunicados por contrat@, pero es que ahora son contratos nuevos con clave 100 y 200... con lo que no están correctos
Por ejemplo, el último llamamiento de principios de 2025, en contrat@ está como un llamamiento de un indefinido fijo discontinuo, pero ahora en TGSS está como un contrato nuevo, un indefinido a tiempo parcial (contrato 200)

¿Debería por lo tanto hacer también contratos nuevos poniendo en la firma la fecha actual y dejando en cláusulas adiciones que el cambio se hace por requerimiento de inspección de trabajo?
¿debería hacer cartas de despido de las 2 bajas y modificar los certificados de empresa?
.... etc etc

De momento he hecho consulta a CONTRAT@ por escrito preguntando si debo de comunicar esos contratos o qué debo hacer... a ver que me dicen, pero seguramente tenga que llamar y escribir varias veces hasta que alguien me de la información correcta...

Como siempre gracias de antemano por vuestras opiniones, siempre me ayudan mucho!!
 
Última edición:

AnaZ

Miembro activo
Yo respecto a las transformaciones de fijo discontinuo a indefinido cuando lo he preguntado en lugar de hacer de nuevo llamamiento les daba de alta con el contrato 100 o 200, hacia el contrato en papel indicando en clausulas adicionales que se trataba de una novación de contrato que tenía suscrito respetando todos los derechos y deberes contraídos hasta la fecha y los comunicaba por contrat@.

Pero claro era una novación pactada sin inspección. Aqui entiendo que si realizas el contrato 100/200 con fecha inicio de 2023, pues está fuera de plazo... Y hacerlo desde ahora no se si la inspección te dirá que no es correcto....aunque es lo más practico.

Tendrás que ceñirte a lo que te contesten en contrat@ , y espero te den solución valida y sencilla...
 

MCS

Miembro activo
A mi me paso algo parecido, una carta en la que amablemente nos decían que teníamos que transformarlas a indefinido, como el sistema red no lo permitía hice igual que AnaZ, baja y alta con código 100 y en el contrato escrito una cláusula donde indiqué que se trataba de una novación de contrato con fecha de antigüedad x y que se mantienen las mismas condiciones que en el anterior... espera a ver qué te dicen....
 

isabarros

Miembro
En este caso es distinto, inspección en persona en el local y la inspectora considera que la actividad de la empresa y ocupación del trabajador no entran dentro de los casos en los que se puede hacer el ind. fijo discontinuo así que:

- cambio contrato de comienzos de 2023 de 389 a 200
- cese a finales de 2023 como si fuera un despido de la empresa

- llamamiento de mediados de 2024, pasarlo a contrato 200
- cese a finales de 2024 pasarlo a despido de la empresa

- llamamiento de principios de 2025, pasarlo a contrato 200

En TGSS ya está todo cambiado pero claro en contrat@, sepe... no está correcto...
 

isabarros

Miembro
Yo respecto a las transformaciones de fijo discontinuo a indefinido cuando lo he preguntado en lugar de hacer de nuevo llamamiento les daba de alta con el contrato 100 o 200, hacia el contrato en papel indicando en clausulas adicionales que se trataba de una novación de contrato que tenía suscrito respetando todos los derechos y deberes contraídos hasta la fecha y los comunicaba por contrat@.

Pero claro era una novación pactada sin inspección. Aqui entiendo que si realizas el contrato 100/200 con fecha inicio de 2023, pues está fuera de plazo... Y hacerlo desde ahora no se si la inspección te dirá que no es correcto....aunque es lo más practico.

Tendrás que ceñirte a lo que te contesten en contrat@ , y espero te den solución valida y sencilla...
Si, yo he hecho transformaciones de inf fijo discontinuo a indefinido ordinario de forma similar, pero ahora es diferente, es por un requerimiento y he tenido que cambiar las claves de contratos de 2023 y 2024...
 
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