Inspeccion de trabajo DUDAS COMPETENCIA

ElenaGS

Nuevo miembro
Hola a todos!, mi duda es la siguiente:

Llevo una empresa cuyo centro de trabajo se ubica en la provincia de Murcia, pero tiene trabajadores en fincas de Castellón ( un mes cada año), la inspeccion de trabajo de Castellón ha visitado la finca y no se hasta que punto tiene competencia ya que repito que el centro de trabajo esta en Murcia, a los trabajadores se les aplica el Convenio Colectivo de Murcia...

Gracias de antemano y un saludo a todos.
 

Mr. White

Miembro activo
Art. 33 y sgts. Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero.

Artículo 33 Normas de distribución territorial

1. Los funcionarios y equipos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ejercerán sus funciones en el territorio al que extienda su competencia el órgano inspector de su destino.

2. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social adecuará su organización operativa a la división geográfica y denominaciones que tenga establecida cada Comunidad Autónoma, si así se estableciese en el correspondiente acuerdo bilateral de ésta con la Administración General del Estado.

3. Las actuaciones inspectoras sobre empresas o sectores con actividad en el territorio de más de una Comunidad Autónoma, podrán ejercerse por la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, regulada en este Reglamento sin perjuicio, si así se determinase, de la colaboración y participación de las Inspecciones Provinciales bajo unidad de acción y de criterio.
 
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