INSPECCION DE TRADES

CHARO

Miembro conocido
Acabo de tener una Inspección de Seguridad Social de un trabajador autónomo en la que nos pedian 347, 190 y facturas emitidas y justificantes de ingreso de facturas, ojo que no me he equivocado, la Inspección era de Seguridad Social. Nos han revisado la documentación y nos han dicho que buscan falsos autónomos y que la Inpección continuará con la empresa con la que mi cliente percibe más del 80% de sus ingresos. Sé que en este caso debería ser un TRADE, pero hasta que punto puede haber resposabilidad en mi cliente que no sé declaro cómo tal, o que resposabilidad puede tener la empresa que lo contrato, que no puede saberlo si el autónomo no lo declara. Gracias por vuestra ayuda.
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Charo!
Pienso que el problema no es el encuadramiento o no en trade. Pienso que eso no tiene mucha importancia, ni para el autónomo ni para la empresa, que lo que buscan es otra cosa... ¿falso autónomo? Un autónomo que realmente no tenga actividad, que sea tapadera,... me parece que los tiros irían más x ahí...
Saludos,
 

archilla

Nuevo miembro
Yo creo que también van por ahí, a la caza de "falsos autonomos", para diferenciarlos de los TRADE reales y de los trabajadores por cuenta ajena.

Dentro de los supuestos expresamente incluidos en el ámbito de aplicación del RETA, se encuentran los mencionados trabajadores, cuya figura, reconocida y regulada en el Capítulo IV, del Título II, del Estatuto plantea la necesidad de prevenir, tal como expresa el preámbulo de la LETA, “la posible utilización indebida de dicha figura, dado que nos movemos en una frontera no siempre precisa entre la del autónomo clásico, el autónomo económicamente dependiente y el trabajo por cuenta ajena”.

El objetivo es claro: aflorar a los "falsos autonomos" y destapar y sacar a la luz retroactivamente sus cotizaciones sociales, mas bajas que las de un trabajador por cuenta ajena.

Salvo que, como dice CLO el verdadero motivo sea buscar "autonomos tapadera" a los que les falte poco para poder tener derecho a alguna prestacion de futuro cercano: IP, jubilacion, etc


 

FERNANDO

Miembro conocido
Para ser TRADE, el trabajador lo ha de hacer constar en el contrato. Más bien buscan falsos autónomos.
 
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