Interinidad por baja maternidad

Buenas tardes
Tengo una duda en que contrato hacer antes de la maternidad al trabajador que sustituya a la madre...

Si fuera para cubrir IT previa al parto un 410?
Si fuera para traspasar tareas?

Cto 410 durante la maternidad
Cto 402 durante la lactancia y posibles vacaciones

El 410 sustitución maternidad bonificado sigue necesitando demanda de empleo?

Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Durante el tiempo de traspaso de tareas, eventual.
El problema es que ha de ser de duración cierta, y en estos casos...
Lo que suele ocurrir es que antes del parto la trabajadora inicia un proceso de baja, ahí ya contrato de interinidad (no bonificado) y que, salvo reincorporación previa (que no es habitual si ya es en la fase final del embarazo), durará hasta el día anterior del parto.
El dia del parto el sustituto se da de alta como demandante de empleo y a partir del dia siguiente ya puede ser contratado vía nuevo contrato de interinidad con la doble bonificación (100% cuota empresarial contingencias comunes por la sutituida y el/la sustituto/a).

Saludos
 
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