interinidad

LABOR

Miembro activo
En una empresa, una trabajadora empezó un porceso de incapacidad en Enero de 2012 y la empresa contrató una sustituta con un contrato de interinidad que cubría esa baja.........
El tema se ha demorado con el tiempo y la trabajadora enferma acaba de pasar tribunal ( cumple el año) y le han reconocido la prórroga de 180 días por considerar se puede recuperar.
Mi duda es si esta comunicación del INSS me habilita a finalizar el contrato con la trabajadora interina ( al fin y al cabo la duración máxima de una IT es de 365 días ) o debo de esperar a la resolución final del INSS respecto a la trabajadora enferma en el transcurso de 180 días para que finalice el contrato de la interina?
Gracias 
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si le han concedido la prórroga, sigue de IT, entiendo que el contrato de interinidad sigue vigente.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Vaya, yo me he encontrado con casos de trabajadores que han superado los 18 meses de IT (ya superada la prórroga a partir de los 12 meses), la empresa darles de baja a efectos de dejar de cotizar por ellos y estando pendientes de resolución del tribunal médico sobre una posible incapacidad permanente (pero hasta ese momento, y a pesar de dejar de cotizar por el, mantienendo el trabajador la reserva del puesto de trabajo y prorrgados los efectos de la IT) y mentener vigente el contrato de interinidad del sustituto (sin necesidad de irlo proorgando porque le término del contrato era "fin de la IT del trabajador sustituído).

En definitiva, que sólo la reincorporación efectiva del trabajador sustituido (al recibir el alta de IT por recuperación)o bien que se le reconozca la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, produce la extinción del contrato de interinidad del sustituto.

Saludos
 
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