Hola.
Tengo una duda en la interpretación del artículo 53 del Convenio de la Construcción de A Coruña (Complementos IT)
En el apartado 1 del citado artículo recoge el supuesto del complemento de IT en caso de hospitalización por cualquier contingencia (incluido el accidente laboral). En el apartado 2 del mismo convenio recoge el complemento de IT en el supuesto de accidente laboral en centro de trabajo y horario de trabajo y ahí viene mi confusión: este segundo supuesto se refiere a un accidente laboral sin hospitalización?
A ver si alguien puede ayudarme.
Gracias
Tengo una duda en la interpretación del artículo 53 del Convenio de la Construcción de A Coruña (Complementos IT)
En el apartado 1 del citado artículo recoge el supuesto del complemento de IT en caso de hospitalización por cualquier contingencia (incluido el accidente laboral). En el apartado 2 del mismo convenio recoge el complemento de IT en el supuesto de accidente laboral en centro de trabajo y horario de trabajo y ahí viene mi confusión: este segundo supuesto se refiere a un accidente laboral sin hospitalización?
A ver si alguien puede ayudarme.
Gracias