Interpretacion de artículo. Vacaciones adicionales

Olivia74

Miembro
Necesito que me ayudéis a interpretar un artículo de un convenio en el cual se establece lo siguiente: " En los Centros de educación y centros de día de atención temprana, el personal de atención directa tendrá derecho a las mismas vacaciones que se establezcan anualmente para el alumnado en el calendario escolar para estos periodos" " En los servicios de carácter residencial(residencias, centros residenciales de enfermos crónicos y viviendas) disfrutarán de 13 días laborables de vacaciones durante los periodos de Semana Santa y Navidad"

Ahora os explico un poco, tengo una empresa catalogada como "Servicios de promoción a la Autonomía Personal", la cual es una asociación sin animo de lucro que funciona a través de subvenciones públicas y que se dedica a organizar talleres para pacientes asociados enfermos de alzheimer durante 3 horas al día, terminada la actividad los enfermos se marchan a casa. Las trabajadoras dicen que tienen derecho a esos 13 días de vacaciones entre navidad y semana santa, que menciono en el párrafo anterior, a parte de sus 30 días de vacaciones claro. Yo discrepo de ello, ya que no se trata de un centro residencial de ningún tipo y estoy teniendo problemas con este tema. Ellas vienen de otra asesoría y me dicen que eso es así porque se lo confirmó el anterior asesor y llevan años disfrutando de estos días.

Estoy yo equivocada? Yo leo una y otra vez el párrafo y entiendo que esos 13 días de vacaciones sólo son para residencias. Necesito vuestra interpretación del artículo. Muchas gracias
 

fundación

Miembro conocido
¿Pero qué convenio es ése?, existe el convenio marco de atención a personas dependientes, que sería el adecuado en principio.
 

Olivia74

Miembro
Es un convenio autonómico por el que se rigen desde hace muchos años y las trabajadoras se niegan a cambiarlo.
 

fundación

Miembro conocido
Pero la voluntad de las trabajadoras no es ley para mantener algo que no procede, si fuera el caso.
 

Olivia74

Miembro
Eso está claro! Ahora lo que tengo que resolver es el tema de los 13 días de vacaciones de Navidad y Semana Santa. Cual es tu interpretación del artículo que cité? Crees que pueden acogerse sin ser una residencia por el simple hecho de regirse por este convenio?
 

Ro

Miembro activo
Si se están rigiendo por el convenio que así estipula esos días, sí tendrían derecho a ellos, y si el convenio es incorrecto, primero habría que modificarlo e informar de ello a las trabajadoras, etc.. y luego aplicar el correcto. Pero mientras no se haga deberás regirte por el convenio que tienen y respetar sus condiciones.
 

Olivia74

Miembro
Ro yo pienso lo mismo que Fundación, la empresa no es ningún centro residencial, por tanto, yo creo que aunque se rigen por dicho convenio, el artículo en cuestión menciona los 13 días adicionales de vacaciones únicamente para los trabajadores de servicios de carácter residencial, especificándolo entre paréntesis. De todas formas gracias por vuestros comentarios, ya que necesito más interpretaciones a parte de la mía.  ;)
 

fundación

Miembro conocido
Es que, Ro, aparte que sea o no aplicable tal convenio, en la redacción del mismo queda claro que los 13 días extra de vacaciones es para los centros residenciales, pero éste no lo es en absoluto, a mi entender.
 

BSK

Miembro activo
Olivia74 dijo:
" En los Centros de educación y centros de día de atención temprana, el personal de atención directa tendrá derecho a las mismas vacaciones que se establezcan anualmente para el alumnado en el calendario escolar para estos periodos" " En los servicios de carácter residencial(residencias, centros residenciales de enfermos crónicos y viviendas) disfrutarán de 13 días laborables de vacaciones durante los periodos de Semana Santa y Navidad"

Yo voy a dar por bueno que ese es el convenio y que ese párrafo es de aplicación (si no lo es pues nada, pero yo voy a interpretar el artículo). El Estatuto de los Trabajadores indica que el trabajador tiene derecho a 30 días de vacaciones, bien, imagino que el convenio indicará algo similar si no lo mismo, bien, una vez que sepamos eso pasamos a analizar. Yo lo que creo que quiere decir el artículo es que el trabajador, si ve que en esas fechas no va a tener trabajo y quiere cogerse esos días de vacaciones tendrá derecho de proponer a la empresa esos días, que para mi, NO SON DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES, si no que simplemente es un derecho de planificación de calendario. Es posible que luego venga un juez y diga que en vez de 30 días el trabajador/a tiene derecho a 43 días pero me extraña mucho. Para mi son 30 días de vacaciones y el calendario preferentemente puede incluir estos días de vacaciones. Es mi interpretación.
 

comquedarem

Nuevo miembro
Olivia, leéte todo el convenio..

"El resto de trabajadores de este titulo del presente convenio, disfrutara
de 13 días laborables de descanso durante los periodos de Semana
Santa y Navidad respetando siempre el cómputo anual de horas establecido."
 
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