Desde hace unos años ya no hay que acudir necesariamente al IMSERSO o a los servicios sociales de la comunidad autónoma.
Con la propia resolución del INSS declarando una incapacidad permanente (ya sea total, absoluta o gran invalidez) queda acreditado de forma automática la invalidez de al menos el 33%. Para un grado sperior sí que creo hay que acudir al IMSERSO o a los servicios sociales de la comunidad autónoma.
También es cierto que a pesar de que esto es así desde hace ya unos años, aún hay muchos funcionarios que no se enteran y lo piden (incluso algunos asesores y otros profesionales que lo solicitan o indican que hay que solicitarlo, como digo, de forma innecesaria, salvo que se pretenda obtener un grado superior al 33%, claro).
Un saludo