IPC

Noviembre

Miembro
Levo una empresa que no se rige por ningún convenio, todos los años sube el salario de sus trabajadores el ipc por voluntad del empresario (aunque no está firmado en ningún contrato que haya que actualizar el salario), este año el ipc del 2014 es negativo ¿Qué haríais?Si lo quisiera bajar ¿podría? Gracias
 

calamog

Miembro
Lo logico y normal es: Dejar los salarios para el 2015 iguales que los del 2014, (ya que el IPC es negativo).
A no ser que él pueda y quiera mejorarlos x voluntad propia para este año.


saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo lo dejaría mejor sin bajar. En teoría, se podría aplicar el IPC negativo si cada año se actualiza de acuerdo al IPC (actuliazar no tiene por qué querer decir subir siempre, aunque lo tengamos grabado a fuego en nuestra cultura popular).
 

Keler

Miembro
Lamento estar en contra de tu opinión, Fernando.
Nada le obliga ni a subir ni a bajar el salario. Si lo ha venido subiendo a lo largo de los años, ha sdio una mejora unilateral dispuesta por el empresario.
Para bajar el salario de sus empleados, por tanto, necesitaría acudir a alguna de las causas del Art. 41 del ET y seguir el procedimiento en él establecido.
Un saludo.
 

Mr. White

Miembro activo
Es discutible que la voluntad del empresario fuera subir salarios si subía el IPC y no bajarlos si era negativo, Keller.

Por tanto, si el IPC es positivo parece claro que el empresario debe subir el salario - pues habría más que posiblemente un derecho adquirido-, pero no que no pueda bajarlo si el IPC es negativo, pues habría que ver si en el pasado se dio la situación en que el IPC fuera negativo, y ver qué hizo el empresario.

Pero que yo sepa eso no se ha dado nunca y si no se ha dado nunca no puede haber ni mejora ni derecho adquirido alguno, y ello dado que el empresario, ante esa concreta situación, no ha manifestado voluntad inequívoca ni en un sentido ni en el otro.

Y si se dio el caso y lo bajó, no habría derecho adquirido a que no se le baje. Si no se le bajó, pues habría ya un indicio de que en esos casos la voluntad del empresario es no bajarlo y sí mantenerlos.

Lo que no puede hacer es pagar menos de lo que diga el Convenio, eso está claro.

Pero si está por encima yo no descartaría que no pueda bajar el salario en función del IPC negativo.
 

Keler

Miembro
Aquí me planto, White y Fernando, utilizar como argumento genérico para bajar salarios el que cuando en el pasado subió el IPC el empresario decidió subirlos y que por esa misma razón cuando el IPC < 0 deben bajarse, no es un argumento que me covenza.

A mí me convence más, como argumento, la redacción del Art. 41.1 del E.T.

Igual que pienso que el que todos los años aumentase los salarios en igual importe que el IPC, no da lugar a que deba subirlos (o bajarlos) todos los años venideros, ni en igual, ni en diferente importe que el IPC.

Condición más beneficiosa? para mí, por supuesto, pero sólo por el nuevo importe del salario, no por la parte de la relación automática IPC=incremento o disminución.
 
Arriba