Buenas a tod@s,
Soy nuevo en el foro, aprovecho la apertura de este tema para mandaros un saludo a todos los participantes.Tengo una duda respecto a la retención de IRPF en nómina, espero que podáis ayudarme.
Mis datos salariales y de contrato son los siguientes:
- 18.000 brutos anuales
- 150 euros brutos de dietas mensuales (varian según el mes)
- 12 pagas
- Contrato 420 (prácticas laborales)
- Fecha inicio 02/12/2015
- Fecha fin 01/06/2016
Me he estado informando y mi retención de IRPF (a causa de tener un contrato temporal) debe ser de un 2%, puesto que el contrato es de duración inferior a un año.
La idea de la empresa es renovar otros 6 meses más, hasta que haga un año (luego ya veremos si me hacen indefinido)
La cuestión es que los primeros 6 meses se que el programa de nóminas no variará ese IRPF, pero cuando introduzcan mi siguiente periodo detectará que el cómputo de duración en la empresa es de un año, así que mi primera duda es, ¿Me regulará el IRPF a partir del segundo contrato?
Mi situación personal no me obliga a realizar la declaración de la renta, así que he pensado firmar un documento para fijar mi IRPF en un 2,5% mensual, cuando el programa detecte (META 4) que mi IRPF debería ser mayor, ¿aumentará el IRPF aunque lo hayan forzado con un 2,5%?
La última posibilidad que he pensado es que el primer mes de contrato es en el año 2015, luego me quedan 5 meses de contrato en 2016 y si me renuevan 6 más, en total 11 meses. ¿El IRPF computa de enero a diciembre? Y lo más importante, ¿Los programas de nóminas lo computan de esta forma?
En definitiva me gustaría saber si cabe la posibilidad de retener solo un 2% de la nómina, o si por contrario, no cabe más remedio que aplicar un porcentaje alto.
Espero vuestras respuesta,
Un saludo y gracias
Soy nuevo en el foro, aprovecho la apertura de este tema para mandaros un saludo a todos los participantes.Tengo una duda respecto a la retención de IRPF en nómina, espero que podáis ayudarme.
Mis datos salariales y de contrato son los siguientes:
- 18.000 brutos anuales
- 150 euros brutos de dietas mensuales (varian según el mes)
- 12 pagas
- Contrato 420 (prácticas laborales)
- Fecha inicio 02/12/2015
- Fecha fin 01/06/2016
Me he estado informando y mi retención de IRPF (a causa de tener un contrato temporal) debe ser de un 2%, puesto que el contrato es de duración inferior a un año.
La idea de la empresa es renovar otros 6 meses más, hasta que haga un año (luego ya veremos si me hacen indefinido)
La cuestión es que los primeros 6 meses se que el programa de nóminas no variará ese IRPF, pero cuando introduzcan mi siguiente periodo detectará que el cómputo de duración en la empresa es de un año, así que mi primera duda es, ¿Me regulará el IRPF a partir del segundo contrato?
Mi situación personal no me obliga a realizar la declaración de la renta, así que he pensado firmar un documento para fijar mi IRPF en un 2,5% mensual, cuando el programa detecte (META 4) que mi IRPF debería ser mayor, ¿aumentará el IRPF aunque lo hayan forzado con un 2,5%?
La última posibilidad que he pensado es que el primer mes de contrato es en el año 2015, luego me quedan 5 meses de contrato en 2016 y si me renuevan 6 más, en total 11 meses. ¿El IRPF computa de enero a diciembre? Y lo más importante, ¿Los programas de nóminas lo computan de esta forma?
En definitiva me gustaría saber si cabe la posibilidad de retener solo un 2% de la nómina, o si por contrario, no cabe más remedio que aplicar un porcentaje alto.
Espero vuestras respuesta,
Un saludo y gracias