Irpf y pension de alimentos

Fernanda

Miembro
Buenos días a todos!! puede un trabajador pedir a la empresa incrementó de IRPF percibiendo pensioo de alimentos? y pagándolo? cuál es el límite? es que me elevan consulta y no se que respomder
 

elchuske

Miembro conocido
Es que no veo la causa efecto. Eso de los alimentos ni tenia que conocerlo la empresa. Son cosas particulares.
Si lo percibe pues ya se entendera con hacienda, y si lo paga igualmente.
Pero pedir puede pedir lo que quiera, menos pagar menos de lo que las tablas de hacienda tiene estipulado.
En todo caso si paga alimentos puede pedir a la empresa que le bajen el irpf . Justificandolo claro .
y si los percibe puede decir que le retengan mas pero no porque percibe alimentos, es porque lo solicita sin ninguna justificancion. No hace falta-
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver...

la existencia de pensiones compensatorias para el cónyuge (ex) o anualidades por alimentos para los hijos es precisamente uno de los factores que inciden en la retenciones del IRPF y, de hecho, están contempladas expresamente como apartados en el modelo 145 a entregar a la empresa.

No es cuestion de pedir que retengan más o retengan menos, es cuestion de informar a la empresa de esa situación, importes etc, y la empresa tendrá la obligación de tenerlo en cuenta a la hora de calcular las retenciones (bueno, de informarlo en el programa de nómina y que este haga los cálculos).

Por tanto, sí puede incumbir a la empresa (bueno, primero al trabajador informar de ello y dligentemente y con rigor, y luego a la empresa el considerarlo en las retenciones).

Saludos
 

Fernanda

Miembro
Efectivamente de acuerdo con los dos , pero no existe limitación alguna que pueda poner la empresa por petición de incremento de porcentaje de irpf en los casos de que esté pagando pension de alimentos verdad?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si se trata de que, como parece, está percibiendo la pensión (no pagándola), aunque tributa (como rendimiento de trabajo), no tiene retención a cuenta (tributa directamente al hacer la declaración, vaya), por lo que no dedbe comunicar nada a la empresa en este sentido (y si lo hace , no tendrá impacto en las retenciones que le practica la empresa).
Pero si le preocupa el posible sablazo que le dará Hacienda al hacer la declaraciónb (yo siempre digo que prefiero tener el dinero en mi bolsillo, o banco, el tiempo que pueda, antes de hacer un anticipo innecesario y sin interés a Hacienda, pero cada uno sabrá lo suyo) lo que puede hacer (y que la empresa estará obligada a atender) y, sin necesidad de facilitar datos de pensiones que pueda recibir ni contar su vida, es simplemente solicitar a la empresa que le practique determinada retención, que mientras sea mayor que la que realmente le corresponde, no hay problema (menos no puedes pedir, pero que te retengan más sí, ahí está otro de los problemas o incongruencias de pactar líquidos 😜).
Bueno, hablando de límites, imagino que hasta el limite máximo de retención (el que te pueden aplicar si,. por ejemplo ganas millones de euros) y que creo actualmente está en el 47% (ahora miro mi nómina para confirmarlo 😅).

Y, lo dicho, si resulta que paga la pensión compensatoria, o alimentos, no se trata de pedir que le retengan menos, simplemente informar a la empresa (por ej por el modelo 145) y lo que salga, que, obviamente, será una retención menor.

Saludos.
 
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